viernes, 16 de enero de 2015

DERECHO - DERECHO POR DISCIPLINA

CIENCIAS DEL DERECHO - FILOSOFÍA DEL DERECHO : Supererogación (del latín supererogatĭo, -ōnis) es la acción ejecutada más allá o además de la obligación (sea verbal o escrita). Los actos supererogatorios son aquellos que superan el deber positivo. La persona que los ejecuta está dirigida por su propia voluntad, por lo tanto, estos actos tienen implícitos una cierta perfección moral y, en ese sentido, serían dignos de alabanza y mérito.
Etimológicamente, el término latino supererogationis significa pagar más de lo debido, supererogare. El tema ha sido desarrollado por la doctrina católica, especialmente por algunos Padres de la Iglesia.
Las doctrinas utilitaristas pugnan por alcanzar "el máximo bienestar para el máximo número de personas". La aplicación estricta de dicho criterio conduce a una moral excesivamente exigente, porque la mayoría de nuestras conductas podría ceder frente a otras que produzcan aún mejores resultados. Por ejemplo, alguien puede considerar como moralmente aceptable comprarse ropa lujosa y como moralmente obligatorio prestar dinero a sus vecinos cuando éstos se vean en situaciones de emergecia (un permiso y un deber moral, respectivamente). Sin embargo, un utilitarista consecuente considerará que debe entregar gran parte de su dinero para ayudar permanentemente a los menesterosos, pues el dinero produce más bienestar al gastarse en necesidades fundamentales de muchos pobres que en gustos superfluos de uno mismo. De ese modo, se dice que el utilitarismo elimina la distinción entre acciones obligatorias y acciones supererogatorias.


Acracia (del griego α-, a "no", y κράτος, kratos "poder") designa una concepción que niega la necesidad de que exista cualquier clase de autoridad. Usada ampliamente comosinónimo de anarquía,1 la raíz del concepto no es la misma: mientras anarquía alude a la ausencia de un gobierno o Estado que dirija la sociedad, acracia supone la ausencia de coerción.2
En este sentido etimológico la palabra acracia amplía la idea de anarquía señalando no sólo una sociedad organizada antiestatalmente sino además un orden social basado en el principio de no invasión, en que las normas sociales de convivencia sean resultado de acuerdos voluntarios, y donde se rechace la legitimidad de cualquier imposición por la fuerza. Las palabras ácrata (adjetivo) y acracia probablemente se originaron durante el siglo XX.


 activismo judicial hace referencia a la práctica y concepción del juez como limitador de los demás poderes del Estado a través de la aplicación de la Constitución y los derechos fundamentales.1 Reclama un mayor protagonismo de los tribunales y que las sentencias sean creadoras de Derecho (yendo más allá de la mera interpretación), con la intención de generar un cambio en la legislación, la jurisprudencia o la sociedad.2 Responde al fenómeno judicial manifestado de manera tanto internacional como nacional.- ...................................:http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Especial:Libro&bookcmd=download&collection_id=5e2122ef869a9cd94ca61c84a1e31b8986220f22&writer=rdf2latex&return_to=Activismo+judicial


 

actor a una persona física o de existencia ideal que forma parte de un conflicto. Un actor tiene tres características principales que lo definen: conciencia del conflicto, metas y poder.- .....................:http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Especial:Libro&bookcmd=download&collection_id=e17fe5ae3a5722fb777cc5166ac773b70c911edc&writer=rdf2latex&return_to=Actor+%28derecho%29


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