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El Fondo Nacional de Recursos (FNR) es una institución uruguaya creada por el decreto Ley N° 14.897.
Impulsada por el doctor Oscar Guglielmone y el doctor Orestes Fiandra la cual tiene carácter de persona pública no estatal, que brinda cobertura financiera a procedimientos de medicina altamente especializada y a medicamentos de alto costo para toda la población residente en el país y usuaria del Sistema Nacional Integrado de Salud.
En el caso de los procedimientos cubiertos estos se efectúan a través de los Institutos de Medicina Altamente Especializada (IMAE) que son prestadores públicos o privados, que cuentan con la habilitación del Ministerio de Salud Pública para su realización.
Según un dictamen de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, “se entiende por medicina altamente especializada aquella que requiere una gran concentración de recursos humanos y materiales para un escaso número de pacientes en los que está en juego el pronóstico vital o funcional, articulados en forma tal que permitan obtener la excelencia asistencial”.
Para el caso de los medicamentos cubiertos, los mismos se entregan directamente al beneficiario o son enviados a la institución médica que otorga la cobertura de asistencia al paciente quien se encargará de su conservación adecuada y administración.
El FNR tiene la potestad otorgada por la ley de resolver la inclusión de nuevos procedimientos o medicamentos. Asimismo tiene competencias de excluir aquellos que considere que no reúnen las condiciones establecidas por la definición de referencia.
El FNR no solo se limita a la asistencia y tratamiento de las patologías establecidas, sino que también despliega acciones de prevención. Se entiende que esto no sólo reduce o retrasa su aparición, sino que también impacta en futuros costos que puedan incurrir el sistema de salud, las instituciones y también el paciente frente a la aparición de complicaciones.
Existen tres programas que cumplen con este objetivo de prevención: Salud Renal, Tabaquismo y Cardiovascular. En este marco se desarrollan actividades y se proveen insumos para la prevención de determinadas patologías.
También se realiza otra serie de actividades programadas que buscan obtener los mejores resultados de los procedimientos y de los medicamentos cubiertos como ser: apoyo en el tratamiento de la obesidad para mejorar los resultados en los pacientes a los que se le realiza artroplastias, con patología cardiovascular y tratamiento oncológico. Asimismo, se asesora al paciente en los tratamientos con medicamentos, así como a través de la evaluación de eventos adversos y complicaciones.
Misión[editar]
“Otorgar financiamiento a un conjunto de prestaciones médicas altamente especializadas incluyendo medicamentos de alto costo, de demostrada efectividad, permitiendo que las mismas estén disponibles con equidad para toda la población del país asegurando que dichas prestaciones se realicen con el máximo de calidad y eficiencia y en condiciones de sustentabilidad económica y financiera”.
Historia[editar]
El Fondo Nacional de Recursos (FNR) comenzó a funcionar el 1° de diciembre de 1980 a partir de la aprobación del decreto Ley 14.897. Su creación permitió financiar una parte importante de la tecnología médica del país, y al mismo tiempo, que la población acceda a ella sin limitaciones económicas.
A través del FNR todas las instituciones públicas y privadas reaseguran a sus beneficiarios para situaciones médicas "catastróficas"; es decir, aquellas que por su alto costo y baja frecuencia podrían desfinanciar una institución.
La administración de este Fondo está adjudicada, también por la ley, a un organismo público no estatal que es el Fondo Nacional de Recursos, en cuyo gobierno participa a través de una Comisión Honoraria Administradora el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco de Previsión Social, las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y los IMAE.
En diciembre de 1992, el marco normativo del FNR se modificó con la aprobación de la Ley 16.343. El nuevo texto incrementó la representación del sector privado en la conformación de la Comisión Honoraria Administradora y estableció la cobertura de tratamientos en el exterior cuando se cumplen determinadas condiciones.
En sus orígenes, el FNR financiaba los cateterismos cardíacos, la cirugía cardíaca, el implante de prótesis de cadera, la hemodiálisis, el trasplante renal y los marcapasos; posteriormente incorporó a la cobertura la angioplastia coronaria, la prótesis de rodilla, la litotricia, el tratamiento de quemados, el trasplante de médula ósea y el trasplante cardíaco.
En este último período se incorporaron otros procedimientos como el implante coclear y el implante de cardio-desfibrilado, entre otros.
Por su parte, en 2005, la Ley 17930 en su artículo 313 (ley de presupuesto 2005-2009) introdujo modificaciones a los fines del FNR, tales modificaciones se materializaron en la incorporación de los medicamentos de alto costo a su cobertura.
En 2006, se produjo la primera resolución del FNR por la que se excluyeron técnicas de la cobertura, debido a que no reunían los requisitos de medicina altamente especializada.
En 2010, la Ley 18.834 (Rendición de Cuentas) facultó al Fondo a brindar servicios a terceros, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en lo relativo a evaluación, auditorías, capacitación, revisión de procesos, estudios de costos y diseño de sistemas de gestión, tendientes a lograr mejoras en la calidad de la gestión de los servicios de salud.
A fin de llevar a cabo este cometido, se habilitó al FNR a suscribir convenios de gestión con las entidades públicas o privadas, estatales o no estatales, que tengan directamente a su cargo la asistencia médica de afiliados, beneficiarios o usuarios que sean asistidos en relación con afecciones técnicas o medicamentos con cobertura financiera del Fondo.
A lo largo de su historia, el Fondo Nacional de Recursos ha permitido que más de 250 mil personas reciban tratamientos y asistencia médica altamente especializada en forma equitativa. Se puede afirmar que Uruguay es de los pocos países del mundo que solucionó el acceso de toda su población a la medicina de alto costo.
Autoridades[editar]
De acuerdo a lo establecido en la legislación el FNR es administrado por una Comisión Honoraria Administradora que está compuesta por nueve miembros de la siguiente forma :
- Tres representantes del Ministerio de Salud Pública de Uruguay, uno de los cuales es el Ministro de Salud Pública o quien lo represente.
- El Ministro de Economía y Finanzas o quien lo represente.
- Tres representantes de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva o Asociaciones de Segundo grado integradas por las mismas, que son: la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad y el Centro de Asistencia del Sindicato Médico del Uruguay (CASMU).
- Un representante de los Institutos de Medicina Altamente especializada.
- Un representante del Banco de Previsión Social.
Según lo establecido por la ley la Comisión Honoraria Administradora será presidida por el Ministro de Salud Pública o quien lo represente.
Directores[editar]
Hay sido directores generales del Fondo Nacional de Recursos:
Director | Período |
---|---|
Conrado Bonilla | 2001-2003 |
Alberto Sayagués | 2003-2005 |
Mario Guerrero | 2005-2014 |
Alicia Ferreira | 2015- |
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