concepto jurídico indeterminado es un elemento que se contiene en una norma jurídica y que sólo puede reconocerse o explicarse de manera abstracta o genérica. Algunos ejemplos son la razonabilidad (uso «razonable» de un derecho) o «la moral» o la «diligencia de un buen padre de familia».
La indeterminación procede en unos casos, de que la norma se refiere a una realidad cuyos límites no pueden ser bien precisados en su enunciado ya que no admite una cuantificación o determinación rigurosa. En otras ocasiones el legislador toma, como técnica legislativa, la decisión voluntaria de no acotarlos de manera precisa para permitir soluciones acomodadas a las circunstancias y establecer estándares de conducta abiertas para los destinatarios de las normas jurídicas.1
García de Enterría define los conceptos jurídicos indeterminados por contraposición a los conceptos jurídicos determinados que se refieren a una realidad delimitada de manera precisa e inequívoca, como podría ser el caso del plazo de un mes que la norma establece para interponer un recurso de alzada.
Son ejemplos de conceptos jurídicos indeterminados utilizados en otras ramas del Derecho distintas del Administrativo, la buena fe, fuerza irresistible, interés social, justiprecio, legítima defensa o premeditación. En el caso del derecho administrativo, la Administración es la que aplica esos conceptos.1
La aplicación de los conceptos jurídicos indeterminados deben diferenciarse de las llamadas potestades discrecionales. Mientras que estas últimas suponen una libertad de elección entre alternativas igualmente justas, la aplicación de conceptos jurídicos indeterminados en cada caso concreto impone una única solución correcta (existe o no existe utilidad pública, se trata o no se trata de un justo precio). Las consecuencias de esta diferenciación son claras, pues si la aplicación de conceptos jurídicos indeterminados se trata de una actividad de una aplicación e interpretación de la ley, el juez podrá realizar un control, por tratarse de un control jurídico, de los mismos, incluso dentro de ese margen de apreciación. Por el contrario, en la valoración realizada por la Administración en el ejercicio de una potestad discrecional habrán mediado criterios extrajurídicos (políticos, técnicos o de oportunidad) y el juez no podrá fiscalizar esa actividad más allá de los límites impuestos por el propio ordenamiento en su conjunto.
concesión es el otorgamiento del derechode explotación, por un período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración pública o empresa a otra, generalmente privada.
La concesión tiene por objeto la administración de los bienes públicos mediante el uso, aprovechamiento, explotación de las instalaciones o la construcción de obras y nuevas terminales de cualquier índole sea marítima, terrestre o aérea de los bienes del dominio público.
Los objetivos de estos negocios radican en proporcionar servicios esenciales para el público, por ejemplo, la electricidad, el gas, el suministro de agua, la depuración de aguas residuales y las telecomunicaciones, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos,mercados y centrales de abasto,panteones, rastro, calles, parques,jardines y su equipamiento. Las concesiones públicas afectan a casi toda la infraestructura de los países desarrollados, ya que requieren grandes redes de distribución integradas, o la coordinación de muchos servicios esenciales como la red nacional del tendido eléctrico. Muchas concesiones públicas tienen una estructura de costos que se beneficia de la gran escala, puesto que los costos unitarios caen a medida que la red aumenta. Sin embargo, la existencia de estas redes suele provocar que las concesiones públicas se beneficien de un monopolio natural para dar ese servicio en el área donde operan.
La concesión en el Derecho administrativo[editar]
La palabra concesión se usa en muy diversos significados y con ella se designan diversas instituciones. El empleo de este término ha sido y es tan poco preciso, que con justa razón se ha dicho que desempeña en el derecho actual la misma función que desempeñó, en otro tiempo, «la gracia» en el Derecho canónico. El uso promiscuo de este término se verifica en la práctica en las leyes y, aun, en los autores.
La concesión no es un acto exclusivo del Derecho administrativo, la doctrina francesa y la italiana entendió que se asemejaba a un contrato como el que celebraban dos personas. Entonces sencillamente se decía que la naturaleza jurídica de la concesión era la de un contrato.1
La concesión en el Derecho administrativo español[editar]
Desde la perspectiva del Derecho administrativo español, la concesión presenta una mayor dificultad en su definición habida cuenta de su carácter heterogéneo y diverso en cuanto al objeto. Puede definirse como el medio para obtener la cooperación de sujetos particulares para:
- La ejecución de una obra pública, constituyendo la concesión la forma de retribución.
- La gestión de un servicio público.
- El aprovechamiento de un patrimonio colectivo como es el dominio público.
Sobre el dominio público[editar]
Debe considerarse lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas 33/2003 de 3 de noviembre: «Nadie puede, sin título que lo autorice ocupar bienes de dominio público ni utilizarlos excediéndose del uso que a todos corresponde.»
Igualmente, el art. 86 Lpat 33/2003 que dispone: «Deberán estar amparados por una concesión:
- El aprovechamiento especial y el uso privativo con instalaciones desmontables o muebles por más de cuatro años.
- La ocupación con obras o instalaciones fijas.»
De obra pública[editar]
(como señala Dict. Consejo Estado 5 de diciembre de 2001) Son aquellas cuyo objeto consiste en la utilización de una infraestructura por el usuario, lo cual no implica de por sí prestación de servicio alguno. Por ejemplo: Concesión de autopista de peaje en la cual el usuario de la vía no paga por el servicio sino por la utilización de la vía.
De gestión de servicio público[editar]
En las cuales la gestión del servicio público se realiza a riesgo y ventura del concesionario. Se regula en el art. 277.a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Por ejemplo: Relacionado con el supuesto anterior, sería el supuesto de un autobús titular de una concesión de transporte que circula por la autopista de peaje. Aquí la concesión es por el servicio que se presta.
Propiedad[editar]
Dada la utilidad pública de este tipo de concesiones, suelen estar sometidas al control del Gobierno, e incluso estar nacionalizadas. Sin embargo, la naturaleza monopolística inherente a muchas concesiones públicas ha disminuido durante las dos últimas décadas, habiéndose iniciado en varios continentes procesos de desregulación y privatización. Desde entonces, en algunas áreas existe hoy una relativa competencia, como en los servicios telefónicos de larga distancia, el suministro eléctrico, las comunicaciones ferroviarias o el suministro de gas.
En algunos países las concesiones públicas pertenecen al Gobierno o a los municipios; este es el caso de los sistemas de depuración y de suministro de agua. El alcance que deben tener las concesiones públicas sigue siendo objeto de debate. Para decidir si la propiedad debe ser pública o privada hay que considerar tanto los costes como la eficiencia en cada caso concreto. Las empresas privadas a las que se cede una concesión pública se diferencian de otras compañías en que están obligadas a atender a cualquier persona que requiera sus servicios y necesitan una enorme inversión de capital en relación con los ingresos que obtienen. Además, suelen estar sometidas a una estrecha vigilancia económica, y a veces ecológica, por parte del Gobierno.
Regulación[editar]
El control de las concesiones públicas depende de las comisiones de servicios públicos, agencias creadas para proteger la seguridad de las personas y de las propiedades que están bajo su jurisdicción. Se pueden encontrar medidas reguladoras de las concesiones públicas en el derecho consuetudinario inglés La razón de ser de la regulación estriba en que, puesto que la empresa concesionaria suele lograr un monopolio para ofrecer ese servicio en un determinado área, los precios y servicios ofrecidos a los consumidores no estarán regulados por la libre competencia, por lo que el Gobierno tiene que reemplazar la competencia mediante normas. En teoría, el objetivo es asegurar un servicio adecuado y barato a los consumidores, permitiendo que la empresa concesionaria pueda obtener beneficios,parte de los cuales se podrán reinvertir en el servicio público que se ofrece.
Los sistemas de regulación son distintos según los países. En aquellos en los que la concesión sigue estando bajo control estatal, los precios y el nivel de servicio son establecidos por el Gobierno. En otros países, los precios y los servicios están estrechamente vigilados por supervisores, y sólo se permite aumentar los precios en función de la inflación.
Impacto ecológico[editar]
Casi todos los servicios ofrecidos mediante concesiones públicas influyen sobre el medio ambiente (efectos que se denominan externalidades). Por ello, muchos países exigen que las líneas telefónicas, telegráficas y eléctricas estén bajo tierra. También se ha prestado atención a los efectos destructivos de algunas concesiones públicas. Por ejemplo, los sistemas de depuración de aguas están muy vinculados a la creciente contaminación planetaria. El hollín y otras emisiones provenientes de las centrales eléctricas parecen ser responsables de la destrucción de bosques de coníferas en algunas zonas del norte de Europa. Los conflictos entre los defensores y los detractores de la energía nuclear han llevado, por otra parte, a que los programas de construcción de este tipo de centrales se hayan ido reduciendo, o abandonando, en muchos países debido a los peligros que conllevan la concesión.
Concursado
Es la declaración judicial de concurso (en España). Con anterioridad a la Ley de 2003 se distinguía en la declaración dos instituciones:
Tras la Ley Ordinaria 22/2003 de 9 de julio, Concursal, existe una sola institución de concurso (juicio universal sobre la totalidad del patrimonio del deudor), sea persona física o jurídica.
- Concurso voluntario: el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, sometido a la autorización o conformidad de los administradores concursales. El juez podrá suspender las facultades.
- Concurso necesario: suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por administradores concursales. No se interrumpe la actividad profesional del deudor. Se puede solicitar por cualquier interesado y el juez tomará medidas.
Si es persona natural (física) se inscribirá en el Registro Mercantil la declaración de concurso y la intervención o suspensión de sus facultades de administración y disposición, y el nombramiento de administradores concursales.
El confirming o cesión de pagos a proveedores es un tipo de servicio financiero consistente en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores nacionales, y que incluye para el acreedor la posibilidad de cobrar los pagos con anterioridad a su fecha de vencimiento. El confirming es un servicio de gestión de pagos y no de deudas.
Definición[editar]
El confirming es un servicio financiero, que ofrece una entidad financiera (o empresas privadas) con tal de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras. Se ofrece para pagar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de éstas o para obtener de parte del banco la financiación que el proveedor no estuvo dispuesto a otorgar, de esa forma, la relación entre cliente y proveedor no se daña y el cliente obtiene el plazo que requiere. Su uso es frecuente en empresas que tengan diversificados sus proveedores, que deseen dilatar el pago a proveedores o que tengan un sistema de pagos complejo.
No se debe confundir el confirming, con los "pagos confirmados" o "pagos domiciliados" de menor vinculación en la responsabilidad del pago por parte de la entidad financiera. El confirming equivale a un pago certificado, con la diferencia de que aquí el banco avala el pago al proveedor. De hecho, es un factoring inverso ya que lo inicia el cliente y no el proveedor. En consecuencia, en inglés este servicio se llama "reverse factoring"1 (y no, como uno podría pensar, Confirming).
El confirming se desarrolló en España en la década de 1990 y se ha ido divulgando en todo el mundo a partir de la expansión internacional de las grandes entidades bancarias españolas, sobre todo en el sur de Europa y en Latinoamérica.
Fases[editar]
Primera etapa[editar]
El proveedor entrega bienes o servicios a la empresa, documentando esta transacción a través de una factura.
A partir de este momento, la empresa informa a la entidad financiera acerca de la conformidad con la factura, la cantidad a pagar al proveedor y su vencimiento.
Segunda etapa[editar]
La entidad bancaria informa sobre la confirmación de la factura a su proveedor. Mientras tanto, le indica la posibilidad de anticipar la factura y de los costes que conlleva dicho anticipo.
Así, el proveedor podrá elegir el momento en el que se van a recibir los fondos, junto con la contrapartida por soportar el coste de la financiación. Además, la empresa decidirá en qué momento va a realizar el traspaso de datos a la entidad financiera.
- En el caso que la empresa decida transferir los fondos antes de su vencimiento, estaría realizando una inversión en los términos acordados con la entidad bancaria.
- Otro, y el más habitual, es que realice la transferencia de fondos después de la fecha de vencimiento. En este caso, el confirming sirve de fuente de financiación para la empresa, que hará frente a los costes financieros.
- La tercera y última alternativa, es que la empresa pague a la entidad bancaria justo al momento de su vencimiento.
Ventajas e inconvenientes[editar]
Ventajas[editar]
En general, este instrumento financiero resulta ventajoso, tanto para la empresa confirmadora, como para su proveedor y la entidad bancaria (de lo que hablaremos a continuación), exigiendo sistemas de comunicación ágiles entre ellos.
- Empresa confirmadora: Su principal ventaja, es que se convierte en una herramienta de gestión de tesorería que le proporciona gran flexibilidad, ya que le permite obtener financiación siempre que le sea necesario y rentabilizar las puntas de tesorería cuando éstas se produzcan.
- Proveedor: Éste va a obtener ventajas si acepta el anticipo de la factura. Adicionalmente, va a obtener financiación sin consumir su capacidad de obtener crédito bancario, financiación inmediata no sujeta a timbres y puede dar de baja facturas de clientes (al estar cobradas).
- Entidad bancaria: Puede acceder a nuevos clientes, lo que va a hacer que se incremente su nivel de negocio. Debido a que la entidad bancaria concentra el riesgo financiero en la empresa confirmadora, va a consumir menos recursos humanos y materiales que en otras actividades.
Inconvenientes[editar]
Aunque mantiene la iniciativa en el pago, el cliente obliga al proveedor a trabajar con una determinada entidad, lo que le resta capacidad de maniobra. El proveedor por su parte pierde la iniciativa en el cobro, cediéndosela a sus clientes. La entidad de crédito concentra una gran cantidad de riesgo financiero en un solo cliente, lo que en el.
Costes[editar]
El confirming tiene unos costes adicionales, en función de los servicios recibidos, es decir, la empresa confirmadora tendrá que hacer frente a los costes de apertura. Además, en caso de utilizar la posibilidad de financiación que le ofrece la entidad bancaria también deberán hacer frente a su coste.
Para el cliente, es la comisión por gestión de cobros; para el proveedor, la comisión en caso de anticipo de facturas. Esto no quiere decir que para el proveedor la operación no sea ventajosa ya que dicho coste suele ser inferior al coste de un anticipo o descuento tradicional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario