Decreto, providencia, providencia simple o proveído es un tipo de resolución judicial que sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto permitir el desarrollo normal del proceso u ordenar actos de mera ejecución.
Ejemplos[editar]
Son decretos o providencias las resoluciones judiciales que resuelven, proveen o se pronuncian sobre:
- Traslado de la demanda
- Contestación de la demanda
- Réplica
- Dúplica
- Solicitud de certificación de ministro de fe
- Delegación de poder
- Solicitud de oficio
- Solicitud de copia
- Acompañamiento de documento
- Solicitud de citación a oír sentencia
- Providencia de Castilla La Vieja (1764)
- Solicitud de embargo de bienes
- Solicitud de regulación de costas
- Giro de cheque
Regulación por país[editar]
Los decretos o providencias se encuentran normalmente reglamentados en los códigos procesales civiles:
- Artículo 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Argentina.3
- Artículo 187 del Código de Procedimiento Civil boliviano.
- Artículo 158 inciso final del Código de Procedimiento Civil chileno.4
- Artículo 271 del Código de Procedimiento Civil ecuatoriano.
- Artículo 157 del Código Procesal Civil paraguayo.
- Artículo 121 del Código Procesal Civil peruano.
- Artículo 220 del Código de Procedimientos Civiles mexicano.
- Artículo 206 N° 1 regla 1ª de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil.
La defensa es el derecho que tiene toda persona, contra la cual se ejercito una acción, de repeler esta, demostrando su falta de fundamentos. Considerando este derecho en su actuación, comprende todo lo que se alega por un demandado para sostener su derecho (o probar que no existe en el actor) o su inocencia. Tiene una estrecha relación con conceptos jurídicos como el del habeas corpus o la legítima defensa. Es un derecho ejercitado generalmente por medio de los abogados.
El objeto de la defensa se encuentra en igualar en condiciones jurídicas a las partes dentro del proceso y otorgar al demandado o acusado la posibilidad de esgrimir los hechos y argumentos en contra de lo que exige su contraparte.
Defensa civil[editar]
En una contienda civil, el demandado o sus abogados contestan a las acciones exigidas por el demandante, también llamado actor, mediante la interposición de un escrito de contestación de demanda, en la que se puede hacer uso de las siguientes posibilidades ya sea separada o conjuntamente:
- Interponiendo excepciones establecidas en ley que impidan las acciones del demandante.
- Interponiendo acciones diferentes que creen una especie de compensación. A esto se denomina reconvención.
- Negando el fundamento de las acciones del actor.
La defensa se continúa a través de las subsecuentes etapas procesales que correspondan a través de la interposición de escritos o realizando los actos tendientes a finalizar el proceso y conseguir una sentencia favorable, en caso contrario, la defensa seguirá por los medios de impugnación o recursos correspondientes establecidos en cada legislación.
La defensa de pánico gay es una defensa legal contra cargos de lesiones o asesinato, que se ha vuelto muy común en los EE.UU en los casos de crimen homófobico. Un acusado que emplea esta defensa afirma que ha actuado en un estado violento de demencia temporal debido a su miedo a personas homosexuales (pánico homosexual). Normalmente se alega que la víctima de la violencia cometió algún tipo de insinuación sexual y que el acusado no es capaz de controlarse debido a malas experiencias pasadas.
Defensa Twinkie es un nombre informal y sin validez jurídica que se aplica a las defensas criminales que se valen de argumentos absurdos para conseguir reducir la pena para el acusado.
El sarcástico nombre se popularizó durante el proceso judicial contra Dan White, quien el 27 de noviembre de 1978 asesinó al concejal gay Harvey Milk y a George Moscone (alcalde de la ciudad de San Francisco). Sus abogados utilizaron como defensa judicial el atenuante de que el acusado se encontraba bajo condiciones de "capacidad disminuida" como resultado de una depresión temporal. Bajo tal supuesto, se alegó la imposibilidad de que el acusado hubiera actuado con premeditación, condición necesaria para poder juzgar sus actos como asesinato. La maniobra legal dio buen resultado, ya que White fue condenado por homicidio involuntario y cumplió la relativamente corta pena de 5 años en prisión.
Con el objetivo de apuntalar la teoría de la depresión de White, sus abogados recurrieron al psiquiatra Martin Blinder que enumeró una serie de evidencias: White acababa de renunciar a su trabajo, había rehuido a su mujer y descuidado su apariencia e higiene. Su anterior obsesión por la comida sana había desaparecido y su dieta había empeorado por el consumo de comida basura. La prensa inmediatamente caricaturizó estos argumentos, interpretando que la defensa atribuía los asesinatos a la mala dieta del acusado. El término "defensa twinkie" fue acuñado por el periodista Paul Krassner.1 Sin embargo, los twinkiesno fueron nunca nombrados durante el juicio, y el abuso de una dieta insana fue simplemente usado para probar la depresión del acusado, no la causa de los asesinatos.2 A pesar de ello, el término se hizo popular muy rápidamente y se sigue usando como referencia a una defensa legal basada en un hecho absurdo.
El defensor judicial, funcionalmente se identifica con el curador, si bien su actuación es de naturaleza ocasional.
Se nombrará un defensor judicial que represente y ampare a los intereses de quienes se hallen en los siguientes supuestos:
- Cuando en algún asunto existan conflicto de intereses entre los menores o incapacitados y sus representantes legales o el curador.
- Cuando por cualquier causa el tutor o el curador no desempeñaren sus funciones.
El defensor judicial tendrá las atribuciones que le haya concedido el Juez al que deberá rendir cuentas de sus gestión una vez concluida.
Una deliberación es un acto entendido en cuanto a proceso y resultado en el cual se evalúan los pros y contras relevantes con objetivo de adoptar una decisión determinada. El proceso puede ser efectuado de manera individual o colectiva.
La deliberación es un momento relevante en los procesos de toma de decisiones:1
La deliberación es esencial para la racionalización tanto de las decisiones individuales como de las colectivas. De hecho, la deliberación, en cuanto proceso en el que se comparan y sopesan las diversas posibilidades de acción según sus ventajas o desventajas respectivas y dentro del objeto de atender a un fin preciso, puede ser puesta en marcha tanto en el ámbito estrictamente personal como en espacios públicosJuan Carlos Velasco
.
En la ciencia política, la deliberación es un proceso previo a la toma de una decisión en la cual los ciudadanos consideran hechos relevantes desde diversos puntos de vista y dialoga con otros para pensar críticamente sobre las diferentes opciones posibles ampliando de este modo sus perspectivas, opiniones y entendimiento.
En Derecho, la deliberación es también el proceso por el cual un jurado en un juicio discute en privado los resultados del mismo y decide por el voto con el cual discusión a convenir de cualquier lado de oposición. Del mismo modo se denomina al proceso de discusión privada de los jueces de un tribunal pluripersonal, para tomar la decisión y dictar sentencia. En materias criminales, el resultado de la deliberación es el veredicto, y conforme a éste se dicta la sentencia apropiada.
Uno de los ejemplos dramáticos más famosos de esta fase del juicio es en la práctica la película, Doce hombres sin piedad.
El delito o crimen es definido como una acción típica, antijurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una infracción del derecho penal. Es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.1
En sentido legal, los códigos penales y la doctrina definen al "delito" como toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al ordenamiento jurídico de la sociedad. La doctrina siempre ha reprochado al legislador que debe abstenerse de introducir definiciones en los códigos, pues es trabajo de la dogmática.2 No obstante, pese a lo dicho, algunos códigos como el Código Penal de España (Art. 10) definen al delito.
La palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley. La definición de delito ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición, se intentó establecer a través del concepto de derecho natural, creando por tanto el delito natural. Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se acepta más una reducción a ciertos tipos de comportamiento que una sociedad, en un determinado momento, decide punir.
Teoría del delito[editar]
La teoría del delito estudia los presupuestos de hecho y jurídicos que deben concurrir para establecer la existencia de un delito, es decir, permite resolver cuando un hecho es calificable de delito.
Delito penal y delito civil[editar]
En algunos sistemas jurídicos, como en el de derecho romano, el de Argentina, el de Chilese distingue entre "delito civil" y "delito penal". El "delito civil" es el acto ilícito, ejecutado con intención de dañar a otros, mientras que constituye "cuasidelito civil" el acto negligente que causa daño.3
Los actos considerados como "delitos civiles" y "cuasidelitos civiles", pueden ser también "delito penal" si se encuentran tipificados y sancionados por la ley penal. Un "delito penal" no será, a la vez, "delito civil", si no ha causado daño; como tampoco un "delito civil" será, a la vez, "delito penal", si la conducta no es prohibida por la ley penal.
Delito juvenil[editar]
Esta acción del delito se ve mayormente reflejada en la juventud. Muchos estudios demuestran algunos factores influyentes de este caso en particular pero su mayor inclinación es hacia las escuelas. En un estudio que se realizó en Buenos Aires se sostuvo la teoría de cómo, los jóvenes establecen relaciones complejas con sus instituciones escolares. En primer lugar analizaron la relación entre experiencia personal y sentido. Todos los jóvenes que investigaron tenían alguna experiencia laboral, sin embargo, no había ningún rechazo hacía éste, sino que más bien era su recurso de obtención de ingresos. Se dijo que casi todos los casos de delitos en jóvenes venían mayormente de las escuelas y familias. Una de las jóvenes dijo que su rechazo hacia la escuela era porque no entendía nada. Este rechazo hacia las escuelas puede ser más bien porque éstas están totalmente desvinculadas con lo que es la realidad del mundo exterior. No se le adjudica una responsabilidad a la escuela, pero en esta experiencia delito y escuela no son más excluyentes sino que al contrario se entremezclan afectando a la misma institución y los docentes. Otro estudio realizado en el ámbito territorial del Municipio más poblado del Conurbano Bonaerense, en la Provincia de Buenos Aires, es basado en una investigación que analiza el problema del delito juvenil. Se planteó la institución escolar como el actor relevante de construcción de identidad de los jóvenes. Los autores decidieron conocer las perspectivas de alumnos, docentes, directivos y equipos de orientación escolar, acerca de la violencia y el delito. En las escuelas sí existe la violencia y esto se demuestra mayormente con peleas. Entre las situaciones que provocan esto, está en alguien que actúe de manera incorrecta.4 Por otro lado expertos aseguran que para comprender en qué consiste el delito se tiene que ver primero la adolescencia del sujeto, pues este sería el factor más importante en la vida de una persona. El delito no tiene ninguna edad en específico. Esto es un tema que no se debe mezclar con ningún tipo de edad, no hay que decir que la adolescencia o la niñez son puntos importantes para el delito de un hombre, pues esto no tiene nada que ver.5 Mientras tanto otros opinan que la Justicia Juvenil es “injusta” puesto que los derechos de los adolescentes están en seguir las reglas y abandonar, en otras palabras, su adolescencia. La justicia debe estimular el cambio de conducta, ayudar a éstos a sentirse responsables de sus actos y a comprender el efecto que tienen sobre los demás. “Se debe crear una serie de ayudas para estos adolescentes y cambiar estas infracciones que se toman contra los niños y adolescentes como si fuese un adulto. La adolescencia necesita mucho más que justicia, sino ayudas y orientaciones que ayuden a estos a salir de los problemas”.6 Pueden ser muchas las causas que pueden ocasionar esta acción en la juventud.
La definición de delito juvenil varía de un país a otro. En Estados Unidos la delincuencia juvenil se define como un acto criminal cometido por un niño menor de 18 años.7
Crimen y delito[editar]
Crimen y delito son términos equivalentes. Su diferencia radica en que "delito" es genérico, y por "crimen" se entiende un delito más grave8 o, en ciertos países, un delito ofensivo en contra de las personas. Tanto el delito como el crimen son categorías presentadas habitualmente como universales; sin embargo los delitos y los crímenes son definidos por los distintos ordenamientos jurídicos vigentes en un territorio o en un intervalo de tiempo.
Tanto en su faz ideal como en su faz material, el crimen ha sido distinto en todos los momentos históricos conocidos y en todos los sistemas políticos actuales.
Se puede alegar que el homicidio es considerado delito en todas las legislaciones, pero matar a otro es castigado como homicidio sólo bajo estrictas condiciones: que no se mate en una guerra, que no se mate ejerciendo una profesión (médicos, enfermeros, policías, jueces, ministros del interior, ministros de defensa), o que no se mate en legítima defensa y seguridad.
Por otro lado, existen delitos y crímenes considerados internacionales, como el genocidio, la piratería naval, el tráfico de personas, etc. Pero un crimen que no es castigado es solamente un reproche moral injurioso en contra de una persona, inclusive si ella incurrió en esa conducta, considerada delito. Sólo el castigo constituye a alguien en delincuente o en criminal. El castigo transforma la vaga noción de delito en un hecho. Esta idea se puede intentar refutar argumentando que basta la existencia de una víctima para que exista delito o crimen.
Crear delitos, crímenes y castigos son facultades soberanas de quienes están a la cabeza de un sistema normativo (véase principio de legalidad penal). Eso explica que en Singapursea un delito masticar goma de mascar en lugares públicos y un crimen arrojarlo al piso o en Alemania el negar el holocausto.
Clasificación de los delitos[editar]
Por las formas de la culpabilidad[editar]
- Doloso: el autor ha querido la realización del hecho típico. Hay coincidencia entre lo que el autor hizo y lo que deseaba.
- Culposo o imprudente: el autor no ha querido la realización del hecho típico. El resultado no es producto de su voluntad, sino del incumplimiento del deber de cuidado o de garante.
- Preterintencional: La conducta concuerda con el deseo del actor, pero el resultado excede esa voluntad. Por ejemplo; en una pelea por un asunto trivial el actor desea lesionar a su contrincante, pero en lugar de eso lo priva de la vida. Esta clasificación nace en el Derecho alemán.
Por la forma de la acción[editar]
- Por comisión: surgen de la acción del autor. Cuando la norma prohíbe realizar una determinada conducta y el actor la realiza.
- Por omisión: son abstenciones, se fundamentan en normas que ordenan hacer algo. El delito se considera realizado en el momento en que debió realizarse la acción omitida.
- Por omisión propia: están establecidos en el Código penal. Los puede realizar cualquier persona, basta con omitir la conducta a la que la norma obliga.
- Por omisión impropia: no están establecidos en el Código penal. Es posible mediante una omisión, consumar un delito de comisión (delitos de comisión por omisión), como consecuencia el autor será reprimido por la realización del tipo legal basado en la prohibición de realizar una acción positiva. No cualquiera puede cometer un delito de omisión impropia, es necesario que quien se abstiene tenga el deber de evitar el resultado (deber de garante). Por ejemplo: La madre que no alimenta al bebe, y en consecuencia muere. Es un delito de comisión por omisión.
Por la calidad del sujeto activo[editar]
- Comunes: pueden ser realizados por cualquiera. No mencionan una calificación especial de autor, se refieren a él en forma genérica (el que).
- Especiales: solamente pueden ser cometidos por un número limitado de personas: aquellos que tengan las características especiales requeridas por la ley para ser su autor. Estos delitos no sólo establecen la prohibición de una acción, sino que requieren además una determinada calificación del autor. Son delitos especiales propios cuando hacen referencia al carácter del sujeto. Como por ejemplo el prevaricato, que sólo puede cometerlo quien es funcionario público. Son delitos especiales impropios aquellos en los que la calificación específica del autor opera como fundamento de agravación o atenuación. Verbigracia la agravación del homicidio cometido por el ascendiente, descendiente o cónyuge (art. 80, inc.1 del Código Penal argentino).
Por la forma procesal[editar]
- De acción pública: son aquellos que para su persecución no requieren de denuncia previa.
- Dependientes de instancia privada: son aquellos que no pueden ser perseguidos de oficio y requieren de una denuncia inicial.
- De instancia privada: son aquellos que además de la denuncia, el denunciante debe proseguir dando impulso procesal como querellante.
Por el resultado[editar]
- Materiales: exigen la producción de determinado resultado. Están integrados por la acción, la imputación objetiva y el resultado.
- Formales: son aquellos en los que la realización del tipo coincide con el último acto de la acción y por tanto no se produce un resultado separable de ella. El tipo se agota en la realización de una acción, y la cuestión de la imputación objetiva es totalmente ajena a estos tipos penales, dado que no vinculan la acción con un resultado. En estos delitos no se presenta problema alguno de causalidad.
Por el daño que causan[editar]
- De lesión: hay un daño apreciable del bien jurídico. Se relaciona con los delitos de resultado.
- De peligro: no se requiere que la acción haya ocasionado un daño sobre un objeto, sino que es suficiente con que el objeto jurídicamente protegido haya sido puesto en peligro de sufrir la lesión que se quiere evitar. El peligro puede ser concreto cuando debe darse realmente la posibilidad de la lesión, o abstracto cuando el tipo penal se reduce simplemente a describir una forma de comportamiento que representa un peligro, sin necesidad de que ese peligro se haya verificado. (Cuando la acción crea un riesgo determinado por la ley y objetivamente desaprobado, indistintamente de que el riesgo o peligro afecte o no el objeto que el bien jurídico protege de manera concreta).
- De resultado: se exige la concreción de un resultado para su eficacia (la manifestación de una conducta).
Delitos en particular[editar]
La rama del derecho penal que versa sobre el análisis pormenorizado de los delitos en particular se denomina comúnmente Parte especial del derecho penal.
Delitos contra la vida[editar]
- Homicidio
- Auxilio al suicidio
- Duelo
- Feminicidio
- Genocidio
- Infanticidio
- Lesiones
- Magnicidio
- Matricidio
- Parricidio
- Uxoricidio
Dependiendo de la legislación, los siguientes también pueden ser considerados delitos contra la vida:
Delitos contra el honor[editar]
Delitos contra la libertad e indemnidad sexual[editar]
- Abuso sexual
- Atentado contra el pudor
- Corrupción de menores
- Estupro
- Pornografía infantil
- Prostitución infantil
- Proxenetismo
- Rapto
- Tráfico de niños
- Violación
Delitos contra la libertad[editar]
- Amenazas
- Desaparición forzada
- Esclavitud
- Secuestro
- Sustracción de menores
- Tráfico de personas esclavizadas
- Tortura
Delito contra la tolerancia a las diferencias[editar]
Delitos contra la intimidad[editar]
- Espionaje
- Violación de correspondencia
- Allanamiento de morada o violación de domicilio
Delitos contra la propiedad o el patrimonio[editar]
- Alzamiento de bienes
- Apropiación indebida
- Concusión
- Contrabando
- Daños
- Desfalco
- Estafa
- Expolio arqueológico y artístico
- Extorsión
- Hurto
- Delito de incendio
- Infracción de derechos de autor
- Manipulación del mercado
- Peculado
- Robo
- Tutela penal de la propiedad industrial
- Tutela penal del derecho de autor
- Usurpación
- Usura
- Vandalismo
Delitos contra la seguridad de los medios de transporte y de comunicación[editar]
Delitos contra la seguridad pública[editar]
Delitos contra la salud pública[editar]
Delitos ecológicos[editar]
- Caza de especies protegidas
- Caza fuera de temporada
- Caza furtiva
- Contrabando de especies en peligro de extinción
- Daño al medio ambiente
- Delito ecológico
- Pesca de especies protegidas
- Tala de árboles protegidos
- Tenencia de animales salvajes y/o feroces en una residencia
Delitos contra el orden de las familias[editar]
- Adulterio
- Bigamia
- Poligamia
- Inasistencia alimenticia
- Incesto
- Violencia intrafamiliar
- Supresión, alteración o suposición del estado civil
- Alteraciones del registro civil
Delitos contra el orden público[editar]
- Asociación ilícita.
- Apología del terrorismo.
- Apología del delito o instigación a la comisión de delitos.
- Tenencia ilícita, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos.
Delitos contra la seguridad nacional[editar]
Delitos contra la seguridad vial[editar]
Delitos contra la administración pública[editar]
- Abuso de autoridad
- Atentado contra la autoridad
- Cohecho
- Contrabando
- Evasión fiscal
- Exacciones ilegales
- Malversación de caudales públicos
- Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas
- Resistencia contra la autoridad
- Trabajo irregular
- Usurpación de autoridad, títulos u honores
- Peculado
Delitos contra la administración de justicia[editar]
- Falso testimonio
- Falsa denuncia
- Simulación de delito
- Perjurio
- Obstrucción a la justicia
- Prevaricación
Delitos contra la fe pública[editar]
- Falsificación de moneda, billetes de banco, títulos al portador y documentos de crédito
- Falsificación de sellos, timbres y marcas
- Falsificación de documentos
- Fraudes al comercio y a la industria
- Giro fraudulento de cheques
Delitos internacionales[editar]
- Apartheid.
- Crimen de guerra.
- Crimen contra la humanidad o de lesa humanidad.
- Crimen de exterminio.
- Crimen de agresión.
- Genocidio.
- Piratería.
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