domingo, 9 de agosto de 2020

FILOSOFÍA - ÍNDICE SISTEMÁTICO

 

Campo de las relaciones causales (restricción del)

De acuerdo con las premisas precedentes, las categorías causales sólo podrían aplicarse en sistemas procesuales individuales [132]. No podemos entrar en las cuestiones relativas a la constitución de estas “líneas de individualidad”, en tanto suponen una continuidad espacial (“sustancial”) entre las causas y sus efectos (negación de la acción a distancia) al margen de la cual (y aquí la problemática de las discontinuidades cuánticas, en las que habría que tener presente que entre corpúsculos y ondas hay una relación de individuos a clases) las categorías causales no tendría punto de aplicación y, en este sentido, la causalidad, se asemeja a las categorías de lugar y de tiempo.

Esta restricción no llega a tanto como a postular como único campo estricto de la relación causal el orden de los fenómenos físicos mecánicos, puesto que también en el orden de los fenómenos operatorios (apotéticos) habría posibilidad de cumplimiento de las condiciones causales generales. La delimitación del campo causal en los términos que hemos propuesto ha de ser altamente crítica ante todo intento de aplicación de los conceptos de causa o de efecto en situaciones que tengan que ver más con los sistemas de clases que los sistemas procesuales-individuales. Expresiones tan frecuentes como la del llamado “efecto Benard” habría que someterlas a enérgica revisión, pues las “células de convección” que aparecen en el sistema constituido por un depósito metálico que contiene aceite de silicona (sistema organizado según el esquema de identidad: sustancia homogénea a temperatura constante, equilibrio termodinámico, que comporta el máximo orden) no son, en su conjunto, un efecto, sino una clase de efectos deterministas (los impulsos que las moléculas reciben a partir de una fuente de calor y la interacción no lineal entre aquellas moléculas, lo que hace del sistema inicial un sistema disipativo). Por tanto, habrá que decir que el “efecto Benard” no es un tal efecto; y no porque la reorganización del sistema disipativo según un “orden superior” (las células de convección) que no tiene causa pueda considerarse como un proceso acausal o indeterminista, sino porque es un proceso determinista cuyas razones será preciso analizar. Tampoco tiene causa la distribución normal de las tallas o pesos de una población estadística: la curva de Gauss no es un efecto sino un resultado global de un conjunto de procesos deterministas individuales. Consideraciones parecidas habría que decir del llamado “efecto mariposa” (el aleteo de una mariposa en Pekín puede modificar el sistema climatológico de Nueva York). {FGB 221-222}

http://www.filosofia.org/filomat/df134.htm






Formato lógico de la relación causal

Nuestra teoría general de la causalidad, precisamente en orden a reconstruir las categorías causales que, de hecho, son utilizadas en las ciencias más diversas, comienza impugnando el formato binario que tradicionalmente se atribuye a la relación causal (en forma funcional, Y = f(x)) considerándolo como una formato “degenerado” por respecto a formatos más complejos de tipo Y = f (X, H). Según esto, la relación causal no consistiría en la relación abstracto-gramatical del efecto a la causa, puesto que ésta sería sólo un fragmento de un complejo más amplio de relaciones, a la manera como la relación de filiación paterna no puede objetivamente considerarse sino como un fragmento de una relación más compleja que incluye la relación del hijo a la madre y la de la madre al padre. {FGB 222}

http://www.filosofia.org/filomat/df135.htm






Efecto (concepto de) / Esquema material procesual de identidad

El concepto de H efecto Y será originariamente considerado por nuestra teoría general de la causalidad como un concepto dado en función de un sistema complejo [135] que, por de pronto, contiene un esquema material y procesual (que transcurre, por tanto, en el tiempo) de identidad H, de suerte que para que algo se configure como efecto será preciso contar con un esquema material procesual de identidad cuya configuración depende de diversos supuestos de índole filosófica, científica o cultural. El esquema material de identidad podría hacerse corresponder con la causa material aristotélica, siempre que ella quedase determinada según criterios positivos E, que expresamos por la fórmula E(H). El efecto se define entonces como una interrupción, ruptura, alteración o desviación del esquema material procesual de identidad (ruptura que no afecta, en principio, al sistema que, por decirlo así, engloba al efecto). Se comprenderá, dada la relatividad del concepto de efecto, no ya inmediatamente a su causa, sino a un esquema material procesual de identidad (dado en un sistema complejo de referencia) que, si no es posible determinar en cada caso este esquema procesual de referencia, la noción de efecto se desvanece.

De aquí se sigue que la idea de creación o de efecto creado es absurda o vacía puesto que en la creación el único esquema de identidad que cabe ofrecer es la nada (creatio ex nihilo subiecti) –y no la causa eficiente divina inmutable– es decir, justamente lo que no puede ser un esquema de identidad. {FGB 222}

http://www.filosofia.org/filomat/df136.htm






Efecto / Determinante causal / Esquema material de identidad

Si tomamos como esquema de identidad [136] un sistema inercial dado, la desviación, ruptura, del estado del sistema, es decir, la aceleración, podrá ser considerada un efecto en un sentido estricto. La desviación de la trayectoria rectilínea o la alteración de su celeridad son efectos por respecto de la trayectoria inercial virtual rectilínea y uniforme del sistema. Ahora bien, supuesta, en estas condiciones, la figura de un efecto Y respecto de E(H), el determinante causal X [135] (que no es, por tanto, la causa adecuada de Y, sino un aspecto del proceso causal, que podría ponerse en correspondencia con el momento de la causa eficiente aristotélica) será, en el ejemplo, la fuerza que, aplicada al sistema inercial, determina una aceleración cuya cuantía depende directamente de la magnitud de la fuerza. La trayectoria virtual, es decir, la prolongación virtual del esquema de identidad interrumpido (virtualidad que no ha de computarse como meramente “mental”, puesto que es una identidad objetiva terciogenérica) [75] resulta ser, por tanto, un componente interno del proceso causal. Ya en la época de Newton se manifestó la autoridad del concepto de esa fuerza capaz de actuar a distancia e instantáneamente desde el Sol en la Tierra, por ejemplo (D'Arcy Thompson: “Newton no mostró la causa de la caída de la manzana sino que mostró una similaridad entre la manzana y las estrellas”). Pero esta oscuridad se refiere, no ya al esquema causal, sino a la aplicación que de él hizo Newton. Precisamente porque la causa debe mantener continuidad sustancial con el efecto resulta oscura la “acción a distancia” de la fuerza gravitatoria: la oscuridad de los conceptos newtonianos resulta de las exigencias del esquema causal (en nuestro términos: aunque sabemos que el Sol es la causa de la aceleración de la Tierra desconocemos la armadura AX de la aplicación de X a H). Por parecidas razones tampoco constituye objeción filosófica el aducir la estructura no euclídea del espacio físico. Y, considerando el espacio euclidiano (en el que se dan las rectas virtuales del ejemplo) como meramente “mental”, tratar de eliminar el concepto de causa física en el contexto de las fuerzas. (Un proyecto que podría redefinirse como un intento de reducir las causas a razones) [132]. Es lo que sugirió Eddington refiriéndose a las fuerzas newtonianas: “el nombre dado a ese agente que causa la desviación del movimiento uniforme en una línea recta es la fuerza según la teoría newtoniana de la fuerza”, y B. Russell siguió a pies juntillas esta sugerencia. Pero la recta del espacio parabólico (euclídeo) es un esquema de identidad, como también lo es la curva del espacio elíptico, siempre que se atenga a una ley o función no empírica, de suerte que la desviación de un cuerpo respecto de esa curva exigirá también una causa que podrá ser la masa misma del cuerpo que distorsiona el espacio elíptico de curvatura uniforme creando un campo de fuerzas (el privilegio del espacio euclidiano no será su subjetividad –a rectificar por los objetos– sino su identidad isótropa, ortogonal, ideal como referencia dialéctica y su conexión con el vacío). Si esto no fuera así habríamos eliminado las causas mediante una simple operación de prestidigitación –cambiar una geometría por otra.

El determinante causal X tiene pues, como función propia, la de dar cuenta de la ruptura de identidad en la que consiste el efecto hasta restituir la identidad perdida, para lo cual es indispensable una adecuación material, una continuidad entre X Y E(H). Tal es el fundamento de la doctrina materialista de la causalidad dado que los contenidos, en su mutua continuidad, no pueden ser evacuados de la relación en virtud de su misma naturaleza como identidad.

Según el grado de ruptura de E(H) el efecto Y podrá ser meramente modificativo de H (caso del planeta atraído por el Sol) o bien segregativo (cuando incluye la descomposición o fragmentaciones de H, caso del peñasco roto, tras el golpe, en varios trozos que puedan considerarse como efectos del martillazo). Pero, en todo caso, el esquema de identidad ha de permanecer, de algún modo, junto con el determinante (eficiente) en el efecto. Tales son las afirmaciones principales del “materialismo de la causalidad”. {FGB 222-224}

http://www.filosofia.org/filomat/df137.htm






Razones determinantes y Resultados / Causas y Efectos

Las categorías causales no pueden considerarse de aplicación universal porque no “todo lo que comienza a ser” (o, todo lo que sucede) tiene una causa o es un efecto, aunque sea un resultado. Pues el resultado tiene principios o razones determinantes, pero no causas. La velocidad de caída libre de un cuerpo tras un tiempo t es el resultado de la velocidad inicial v0 y del tiempo t transcurrido, pero no es el efecto de ellos, aunque sí lo es de la gravedad (por lo que la fórmula v(t)=v0+gt es parcialmente una fórmula causal). Una bola de billar que avanza por la mesa según una ley dada de movimiento y que cae al suelo al llegar a un agujero no plantea una situación causal, porque la ruptura de un supuesto esquema de identidad no tiene aquí causa eficiente sino deficiente, a saber, la remoción de la resistencia a la gravedad que actuaba ya en el momento de rodar la bola por la mesa. Y aquí, la causa eficiente desaparece precisamente de la bola que cae y, aunque ésta se mantenga, diremos que la caída es un resultado determinable pero no un efecto. Tampoco será un efecto la fluctuación estadística salir un tanteo (bastante improbable) de 600 puntos tirando 100 dados, aunque sea un resultado. Son, en cambio, efectos cada una de las posiciones de los dados que contribuyen a formar la clase de esas posiciones, clase en la que se forma la figura de fluctuación. Ni tampoco es un efecto el incremento de la duración de la oscilación de un péndulo, cuya cuerda vamos alargando, aunque sea un resultado funcionalmente determinado por la función t = 2π √1/g. En este caso, a lo sumo, cabe hablar de causalidad referida al efecto “alargamiento” de 1 (no al resultado, cuanto a la duración de este efecto, aun cuando vaya ligado a él). {FGB 224}

http://www.filosofia.org/filomat/df138.htm

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