lunes, 14 de marzo de 2016

Introducción a la Antropología Forense

Concepto de Medicina forense

La medicina forense, también denominada medicina legal, jurisprudencia médica o medicina judicial, es la especialidad médica que engloba toda actividad relacionada con el poder judicial. Estudia los aspectos médicos derivados de la práctica diaria de los tribunales de justicia, donde actúan como peritos. El médico especialista en el área recibe el nombre de médico legista (de latín legis) o forense.
La medicina forense es la especialidad médica que aplica todos los conocimientos de la medicina para el auxilio a jueces y tribunales de la administración de justícia; es decir, es el vínculo que une al derecho y a la medicina.
Comúnmente llamada medicina forense (de foro: por ser en la antiguedad los foros o tribunales en donde se desempeñaba esta disciplina), actualmente se distinguen dos escuelas: La escuela latina en donde son formados los médicos legistas, y la escuela anglosajona en donde se forman médicos forenses.
Los médicos legistas están capacitados para realizar múltiples diligencias entre las que destacan: Dictaminación sobre responsabilidad profesional, es decir, determinar si sus colegas médicos actuaron o no con la responsabilidad debida. Determinación de las causas, mecanismo y manera de la muerte cuando éstas son de origen violento. Coadyuvan en la procuración de la justicia, auxiliando al juez a resolver dudas derivadasde la actuación de los fenómenos médico-biológicos - cuando están presentes - cuando se comete algún presunto hecho delictivo.
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Importancia de la Medicina Forense

Conceptualmente la Medicina forense es la ciencia médica aplicada a ilustrar pericialmente a los Tribunales, pues sin ésta las investigaciones para determinar con exactitud las características de un delito, sea de cualquier naturaleza, carecería del soporte técnico suficiente para arribar a un diagnóstico preciso sobre circunstancias en que se produjo un crimen o un acto ilícito, aparte de establecer la autoría del sujeto.
En lo jurídico la Medicina Forense es de trascendencia para el juzgador, a quien aporta e ilustra a través de un informe, hechos que durante un juicio constituyan pruebas fundamentales y necesarias para determinar la procedencia de una acusación y posteriormente el condenar o absolver a una persona. Por esta razón el informe médico legista debe ser realizado no sólo con la responsabilidad propia del profesional de esta rama, si no que demuestre los vastos conocimientos técnicos, doctrinarios y científicos de éste.
La medicina forense es el puente entre el pensar jurídico y el pensar biológico. Es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales.
Este concepto es una síntesis del pensamiento científico de los grandes maestros de la medicina forense como: Camilo Alonso Simonin, Neiro Rojas, Keith Simpson, Alfredo Achaval, Guillermo Uribe, César Giraldo, entro otros notables hombres que han contribuido para que esta Ciencia adquiera la importancia que en la actualidad tiene dentro del equilibrio biopsicosocial y medioambiental en que se desenvuelve el ser humano en cualquier sitio del planeta.
La importancia de la Medicina forense sobrepasa los intereses individuales para abordar a los intereses de la sociedad.
"La medicina forense, no se propone curar, y puede, sin embargo, estudiar un problema de terapéutica; no es la cirugía, ni la obstetricia, ni clínica; no la física, ni la química y aplica, no obstante, todas o algunas de ellas ante un caso concreto, para establecer premisas y fundar conclusiones específicas, amoldándose para ello a un sistema, siguiendo una pauta, estructuradas en tal forma que permitan formular una resolución expresada en términos técnicos."
Es en el Derecho Penal donde más ha impreso su huella la Medicina Foresen. El diagnóstico de muerte y causa de muerte, reconocimiento y determinación del tipo de lesiones y sus agentes causales, sus secuelas inmediatas o mediatas, el estudio físico y psíquico de un delincuente son sólo algunas de los aspectos de la Medicina Legal y Forense, a las que se le deben sumar temas como la asfixiología, deontología médica, jurisprudencia médica, ejercicio ilegal de la medicina, secreto médico, responsabilidad civil y penal de los médicos, peritaje médico legal, tanatología, sevicias, medicina laboral, sexología médico legal, tocoginecología médico legal, la toxicología y psiquiatría médico legal.
En el terreno civil, la Medicina Legal, aplica la Psiquiatría Médico Legal, para intentar estimar la capacidad mental en los casos herenciaadministración de bienes y validez de diversas actividades de la persona en su vida en la sociedad.
En el área correspondiente a la Medicina Laboral, se aplican los conocimientos sobre enfermedades o accidentes profesionales y sus consecuencias, haciendo una valoración del daño corporal que sufrió el trabajador y el porcentaje de incapacidad o capacidad restante.
La Medicina Legal asiste al derecho en aspectos primordiales: el primero son las manifestaciones teóricas y doctrinarias básicas, cuando el jurista necesita de las nociones médico legales, el segundo se aplica en la labor cotidiana del médico de tribunales.
Es función del Médico Legista asesorar al jurista para la correcta formulación de la norma relacionada con los conocimientos médicos y la aplicación correcta de dichas normas.
"Si la Medicina Forense, es el conjunto de todos los conocimientos médicos aplicados a resolver los problemas que se plantean desde la vertiente del derecho, su método no es el otro que el de las ciencias médicas, y el método de Medicina Forense es el conjunto de los recursos de que ésta se vale para tratar de resolver los problemas que quienes se encargan de administrar justicia le plantean."

Relación Científica que existe entre la Criminalística General y la medicina Forense

La Relación Científica que existe entre la Criminalística General y la mea Forense es que una le sirve de auxilio a la otra.
La criminalística es el conjunto de técnicasmétodos y procedimientos tendientes a analizar, las huellas, los rasgos y los restos correspondientes al delincuente, al occiso, al suicida o a la víctima de un hecho y es aquí donde la medicina forense se encarga de determinar las causas de la muerte de una persona o las lesiones o heridas que se hayan causado a una víctima de un hecho; logrando así determinar el tiempo en que ocurrió el hecho, con qué objeto se cometió y los daños causados; por lo que este diagnóstico es fundamental y de vital importancia para la criminalística ya que estos le ayudará a la solución de conflictos y esclarecimiento de casos que se encuentren inconclusos.

Concepto de Lesión

Son la violencia que dejan una huella material sobre o en el cuerpo de la victima, produciendo una lesión corporal externa o interna.
La lesión corporal, es una expresión anatomo-funcional que tiene una respuesta vital.
Hay lesiones involuntarias que son consecuencia de una torpeza, imprudencia, falta de atención, negligencia o inobservancia, por ejemplo, el hecho de que el conductor de un automóvil hiera a un transeúnte, por conducir imprudentemente.
Las lesiones voluntarias son las causadas a sabiendas e intencionalmente, teniendo el autor la conciencia de que hiere o da golpes.
El ser humano es un complejo integral biopsicosocial, por lo cual puede haber daño somático, mental o amos.
Según se carácter las lesiones se clasifican en: leve, mediana gravedad y graves.
Lesiones leves, son las que sanan en menos de 15 días.
Lesión mediada gravedad, son las que sanan de 15 a 30 días.
Lesiones graves: son aquellas que sanan en más de 30 días.
Las lesiones pueden ser:
  • 1. Por causa (terapéutica, accidentales, tóxica, agresiones).
  • 2. Por el agente agresor (armas, explosiones, puño).
  • 3. Por la evolución (aguda, crónica, tardía)
  • 4. Por la extensión (leves, graves, gravísima)
  • 5. Por la intencionalidad (dolosa, culposa, voluntaria o involuntaria).
Las lesiones como hecho jurídico generan:
  • 1. Daño emergente, ya que este daño cambia la salud de la persona ocasionando una serie de gastos médicos que tienen un costo económico por el afectado, para poder recuperar la salud.
  • 2. El hecho cesante nace de la incapacidad física, que le produce el daño ocasiona por la lesión, lo que le impide realizar su trabajo habitual, por lo cual disminuye su ingreso económico o pecuniario.

Concepto de Autor de un Hecho

Es la persona cuya acción o inacción constituye una infracción o delito, ejecutando la acción típica, antijurídica y culpable, también la podemos definir, como la persona que ejecuta un acto, acción o hecho.

Concepto de Hecho

Es un acontecimiento o suceso material resultado de una actividad humana o de una fuerza exterior, que provoca, al ocurrir un cambio, conservación perceptible, es decir, susceptible de ser percibido inmediatamente al producirse, o después por sus efectos.
Podemos clasificar los hechos en:
  • a) Hechos jurídicos que es el que produce un efecto de derecho, sin que tal efecto haya sido querido ejemplo el accidente causado a un tercero por torpeza o la herida involuntaria que se hace a si misma una persona.
  • b) Hechos de la naturaleza o externa, que son las provocadas por fuerza física o extraña al hombre.
  • c) Hechos voluntarios o involuntarios, esta provienen de la actividad del hombre, esta pueden ser lícitas o ilícitas.
  • d) Hechos ajenos, es el que ejecutado por otra persona.
  • e) Hechos vitales, son los que tienen relación con la vida civil, nacimiento, defunción, matrimoniodivorcioadopción, muerte, etc.

Concepto de Víctima

Es el sujeto pasivo del delito, es decir, aquel que ha sufrido algún tipo de daño.
También la podemos definir como toda persona capaz o incapaz, que sufre las consecuencias de un actuar ilícito por parte de otra persona con la facultad de constituirse en querellante y/o actor civil.
En el campo de la victimología se ha clasificado la víctima en tres categorías.
a) Criminal - víctima.
b) Víctima latente
c) Víctima grupo.
a) Criminal - Víctima
Schultz indica que los conceptos agresor y víctima no son siempre opuestos, ya que el ofensor no es siempre culpable ni la víctima es siempre inocente.
Ejemplo: cuando la víctima de una conducta ha sido el victimario de su hoy agresor o cuando la víctima, causada de serlo, se convierte en delincuente.
b) La Víctima - Latente
El riesgo de convertirse en víctima está presente para todo individuo, pero esto varía de acuerdo con una serie de circunstancias. Se han hecho intentar de tipificar a las víctimas por pre-disposición, ya sean innatas, sexo, enfermedades ya bien adquiridas, conscientes e inconscientes o permanentes, temporera u ocasiones.
Víctima predispuesta a causa de su ocupación, a los conductores de taxi, prostitutas y a toda aquella persona que maneja grandes cantidades de dinero.
c) La víctima - Grupo
Son aquellas clases o grupos que pueden ser objeto de persecución o prejuicio. Ejemplo las cosas de genocidio donde la víctima es un grupo nacional, racial o religioso al cual pretende eliminar como propósito de la conducta delictiva.

Bibliografía

  • Vargas Alvarado, Eduardo. Medicina Legal. 3ra. Edición, Gehmmann Editora San José, Costa Rica, 1983.
  • Pichardo Alemán. Medicina Forense. 1era. Edición. Impresora A. Núñez y Co., R. D. 1999.
  • http://www.dlh.lahora.com.ec/paginas/judicial/PAGINAS/M.legal.17.htm
  • Potentini, Dr. Salvador, Diccionario Jurídico. Primera Edición, Editora Dalís.
  • Resumil de Sanfilippo, Olga E., Criminologia General, Segunda Edición.

Anexos

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En la investigación penal la actuación del médico forense es esencial. Debe estar presente, junto al fiscal cuando se procede al levantamiento del cadáver después de una muerte sospechosa o violenta, examinar y recoger signos externos del lugar de los hechos, determina la hora probable de la muerte. Posteriormente, realizar la autopsia al cadáver: examen macroscópico de las tres cavidades (craneal, torácica y abdominal) y tomar muestras para su remisión a los laboratorios. Para, de acuerdo a esos resultados del laboratorio, confirmar datos de su exploración y emitir el informe final.
Pero que es la Medicina Legal o forense?.  Podemos empezar por la definición dada por el maestro José Torres Torija:

Medicina legal es la aplicación de las  ciencias médicas a la ilustración de los hechos investigados por la justicia

y continuemos con la de Gajardo:

Medicina forense es en conjunto de conocimientos utilizados para estudiar y determinar diversas condiciones biológicas del hombre, considerando como sujeto de derecho.” ([2])

La Medicina legal, según  la definición del diccionario medico: es la rama de la medicina que efectúa el estudio teórico y práctico de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos, administrativos, ….. Es el conjunto de conocimientos médicos que sirven para ilustrar a los jueces y, en general, a los juristas en la resolución de aquellos casos del Derecho en que son precisos para un correcto enjuiciamiento de los hechos. Se llama también medicina judicial.

La medicina forense, también denominada medicina legaljurisprudencia médica o medicina judicial, es la especialidad de la Medicina que engloba toda actividad relacionada con el poder judicial. Estudia los aspectos médicos derivados de la práctica diaria de los tribunales de justicia, donde actúan como peritos. El médico especialista en el área recibe el nombre de médico legista (de latín legis) o forense., dice la enciclopedia wilkipedia.

El Dr. Passaman, el padre de la Medicina legal en Bolivia, ya en 1833,  tomaba mas en cuenta el termino jurídico, cuando escribió un folleto: “Exhumaciones cadavéricas jurídicas”, ([3])
Rinaldo Pellegrini, por su parte, la definió como “la disciplina médica que se propone el estudio de la personalidad fisiológica y patológica del hombre en lo que respecta al derecho”.

El fundador galo de la medicina forense, Ambrosio Paré, dijo que “es el arte de hacer relatorios para la justicia”.

Si pasamos a considerar ahora a algunos de los autores sajones, Gradwhol define la materia como “la parte de los conocimientos científicos, médicos y paramédicos, que están al servicio de la administración de la justicia”. Sydney Smith la conceptúa como “la ciencia relacionada con la dilucidación de aquellos problemas médicos que se plantean a las autoridades judiciales”.

Por  último, un autor francés, el profesor Simonin, que designa la disciplina “medicina legal judicial”, la define como “una disciplina particular que utiliza los conocimientos médicos biológicos con miras a su aplicación  a resolver los problemas que plantean las autoridades penales, civiles o sociales”.

Por ello es que se insiste en las distintas denominaciones: “medicina forense”;  “medicina legal”; y, con una connotación más amplia,  “medicina criminológica”. También hay la denominación de medicina judicial o jurisprudencia medica, que de alguna manera sirve para delimitarla.

El termino en general se usa de forma indiscriminada y es aceptada en todas sus acepciones, tanto que hasta se ha llegado a confundir el término “Médico Forense”, pues cabe aclarar que existe una diferencia fundamental entre el Medico especialista o con Maestría en Medicina Forense, del funcionario Medico Forense. Aunque ambos, en verdad, pueden actuar en el “foro” judicial.

En México en 1975 el Consejo Técnico de  la Facultad de Derecho de la UNAM acordó la designación de la materia como “medicina forense”.

Los médicos forenses son médicos con especialidad en medicina legal y forense, que han obtenido un nombramiento como funcionarios del Instituto de Investigaciones Forenses y solo ellos, pueden ostentar el nombre de Médico Forense, porque es en él, en quien deposita la Ley su auxilio medico legal.

Los médicos legistas son médicos con especialidad en medicina legal y forense,  que ejercen la medicina privada. Y en ese caso debe usar el termino de Medico especialista o con Maestría en Medicina Forense, pero NO Medico Forense. En algunas ocasiones puede ejercer “como” Medico forense en las ciudades o pueblos en los que no existe dicho funcionario. Pero en este caso su firma es en “funciones de medico forense”, pero tampoco, puede adjudicarse el cargo de Medico forense. ([4])

Hay por otra parte una gran diferencia entre la medicina clínica o quirúrgica, cualquiera que sea su especialidad y la medicina forense. Fundamentalmente porque la medicina forense no es asistencial, es evaluativo y como dice Alfonso Quiroz Cuaron: “La medicina forense en efecto, no se propone curar, y puede sin embargo, estudiar un problema de terapéutica; no es cirugía, ni la obstetricia, ni clínica; no es física, ni la química, y aplica, no obstante, todas o algunas de ellas ante un caso concreto, para establecer premisas y fundar conclusiones especificas, amoldándose para ello a un sistema, siguiendo una pauta, estructurada en tal forma que permitan formular una resolución expresada en términos técnicos.”
  
2.- MEDICINA LEGAL

En resumen, la Medicina Legal, o Judicial, o Forense, denominaciones sinónimas todas ellas empleadas en lengua castellana (Medical Jurisprudence o Forensic Medicine para los autores anglosajones; Gerichtliche Medizin para los germanos; Sodna Medizina para los eslavos) nació con las exigencias de la justicia, y a estas exigencias –como dice Palmieri- debe quedar indisolublemente ligada, tanto por su naturaleza como por su contenido. Vino a la luz pública cuando una ley requirió taxativamente la intervención de los médicos como peritos ante los órganos de la administración a medida que el Derecho positivo se ampliaba o modificaba; se ha desarrollado a la par que éste.

Dos son los elementos que se hacen resaltar en dichas definiciones:

a)           La necesidad de conocimientos clínicos y biológicos para resolver ciertos problemas jurídicos, que de otra manera quedarían insolubles.

b)           La función doctrinal que la Medicina aporta, al proporcionar conocimientos  de naturaleza biológica y médica al continuo desenvolverse y perfeccionarse del Derecho codificado.

Del análisis de estas definiciones se desprende, como primera conclusión, que la Medicina Legal tiene el carácter de ciencia auxiliar del Derecho; pero auxiliar insustituible, sin el cual no se concibe una recta administración de justicia. Y no es una ciencia penal, ya que presta servicios a otras áreas: civil, canónica, etc.

Medicina legal, es la disciplina que efectúa el estudio teórico y practico de los conocimientos médicos, biológicos y psiquiátricos, necesarios para la resolución de problemas legales. ([5])

“Algunos han dicho, que basta ser un medico bien informado para ser un buen medico legista. Craso y peligrosos error, que solo se aplica para justificar la audacia y la improvisación. La medicina legal requiere de conocimientos especiales, tiene asuntos exclusivamente suyos; requiere muchos conocimientos legales y jurídicos que la mayoría de los médicos ignora o comprende mal, exige hábitos mentales propios y cierto criterio especial ajeno a la medicina corriente, que solo puede darlo el estudio, la reflexión y la observación de los problemas inherentes a esta materia.” ([6])

Pero además el que se use el termino “legal”, añadido a Medicina, es como dice, Jouvencel, “… en realidad el calificativo ... entrecomillado ha de interpretarse como que se está remitiendo a una cuestión de ubicación, de proyección de determinados conocimientos, esto es, el foro, ya que en realidad el médico forense, cuando sea requerido por la autoridad judicial, se ha de limitar a pronunciarse sobre el supuesto fáctico que se le plantee, y es obvio que cuanta mayor preparación haya adquirido en su campo (especializándose o no previamente) mejor; pero desde luego para nada podrá opinar en el aspecto "legal", puesto que es el hecho y no el derecho lo que atañe a facultativo.” ([7])

3.- LOS MÉDICOS FORENSES EN BOLIVIA

Los médicos forenses en Bolivia han estado muy relegados, de tal forma que lo mas habitual era,  que cualquier medico con algún deseo de practicar la medicina legal o  en mas de los casos por necesidad económica, se prestara a un nombramiento como Medico Forense. Por lo que al perder cualificación, perdieron la importancia y respeto.

También es posible que la falta de personal vocacional hubiese permitido que cada vez disminuya su número. Actualmente en nuestro país contamos con apenas 22 Médicos Forenses, más algunos otros, cuyos ítems los soporta la alcaldía o prefectura del lugar, que no cubren todas las demandas poblacionales, por lo que difícilmente se les puede exigir que actúen en todos los casos en los que están obligados a actuar.

Por otro lado no se cuenta con salas de autopsia acordes al desarrollo social, las morgues son lugares sin el mínimo cuidado y en un estado de abandono total, podríamos decir, sin miedo a equivocarnos que más bien serían un lugar para esconder cadáveres.

Sin embargo no siempre fue así, en la antigüedad reciente, han existido personas conscientes racionales y lógicas que pensaron de otra manera y así lo legislaron,  por ello se puede leer en el Anuario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 1893, en la página 324,  una de las primeras leyes reguladoras de las  funciones medicolegales, quizá la primera, Ley de 4 de diciembre de 1893 promulgada por el entonces Presidente de la República D. Mariano Baptista, creando en todas las capitales de departamento los denominados Tribunales Médicos.

Capitulo IV. Art. 17. En cada capital de departamento donde haya Tribunal Médico, habrá dos médicos forenses nombrados por el gobierno a propuesta en terna del tribunal, para los reconocimientos medicolegales, y cuya dotación se asignará en el presupuesto departamental.

Había dos médicos Forenses por Departamento, en el año 1893, pero no fue una equivocación, dicha Ley se mantuvo y es posible leer en otro:

Decreto Reglamentario de 26 de Febrero de 1908, cuyo:

Art. 1º, dice: “En cada capital de departamento habrá dos médicos forenses nombrados por el Ministerio de Justicia, para los reconocimientos médico legales. Tomarán posesión de su cargo ante los jueces de partido, sustentándose acta de esta diligencia.

Art. 2. El sueldo de los médicos forenses será el mismo que el del juez de partido respectivo.”

En la actualidad, el recién creado Instituto de Investigaciones Forenses, dependiente del Ministerio Público de la Nación, tiene como misión fundamental garantizar la confiablidad del análisis científico y técnico de las evidencias en los delitos perpetrados, de tal manera que contribuya a esclarecer los hechos, modos, autores y circunstancias en que se cometieron, estableciendo la verdad para y dentro del proceso penal, pero por ser una institución nova, en fase de implementación todavía no tiene una cobertura total en todo el territorio nacional.  La ventaja de este Instituto es que ahora tiene la tuición y control de todos los médicos forenses, así como de psicólogos forenses, psiquiatras forenses, dentistas forenses, etc. Hecho que ha generado la concentración de este tipo de profesionales siendo los únicos calificados para realizar peritajes y valoraciones en nombre del Estado.([8])

4.- DIVISIÓN DE LA MEDICINA LEGAL Y FORENSE

Lejos queda la discusión de si era una ciencia que debía estudiarse en medicina o derecho. En la época actual hay una materia de Medicina legal en las facultades de Medicina y en las facultades de derecho y se realizan cursos de medicina forense en las facultades de derecho y de cursos de derecho penal y legislación del trabajo en algunas especialidades de la medicina. Mas aun, ya hay, varias Universidades que incluyen la materia de medicina legal en sus Facultades de Psicología.

En la actualidad, los problemas médico-legales se han complicado cada vez más, y dentro de la misma medicina legal debe haber especialidades, para poder atender las demandas judiciales de forma eficaz. Más aun, hay especialidades, dentro de la misma especialidad, inherentes a la función que cumplen. Por lo que podemos hablar de:

4.1.- La Medicina Legal

a) Medicina legal administrativa.

Requisitos: Médicos con formación en derecho, a nivel penal, constitucional  y procesal.

Actividades:
·  Realizar los registros estadísticos correspondientes a todas las actuaciones medicolegales en los períodos de tiempo determinados.
·  Manejo de la estadística criminal, estadística de casos.
·  Rendir los informes técnicos-administrativos de las actuaciones y actividades que desempeñen en el ejercicio de sus funciones.
·  Asumir las actividades de un archivo y custodia de evidencias.
·  Desempeñar cargos administrativos, dentro del Instituto de Investigaciones forenses, de la Fiscalia, de otros instituciones de actividad medico legal.
·  Asesoramiento a jueces, tribunales y fiscales en cuestiones médicas.

b) Medicina legal académica.

Requisitos: Médicos con maestría en medicina legal y forense. Médicos con formación en derecho, a nivel penal, constitucional  y procesal. Abogados médicos.

Actividades:
·              Realizar la enseñanza teórica y práctica de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos. Dentro de los programas de medicina legal y criminalística.

4.2.- La Medicina Forense

Especialidad que engloba toda actividad médica relacionada con el proceso penal, su investigación,  en sus aspectos médicos.
 Valoración legal de los lesionados físicos.
Actúa como perito en los juicios orales.
Asesoramiento a jueces, tribunales y fiscales en cuestiones médicas.

Puede dividirse en relación a su ámbito de actuación en:

·              Medicina forense evaluadora
·              Medicina forense tanatologica
·              Medicina forense de investigación científica.
·              Medicina forense criminológica

a) Medicina forense evaluadora.

Requisitos: Médicos con maestría en medicina legal y forense. 

Actividades:
·  Valoración del daño físico y psíquico y sus consecuencias o secuelas.  (Ejemplo en: agresiones, accidentes laborales, de transito, etc.)
·  Realizar la correspondiente evaluación medicolegal de los resultados de las pruebas clínicas y químico toxicológicas con la ingestión de bebidas alcohólicas y en cualquier otra sustancia tóxica.
·  Emitir en cada  una de las actuaciones medicolegales realizadas el correspondiente dictamen pericial.
·  Ilustrar a los tribunales en la fase de juicio oral mediante informes orales o escritos.
·  Reconocer a las víctimas o presuntas víctimas de delitos sexuales, así como los presuntos victimarios, incluidos los elementos y circunstancias que concurran en estos hechos.
·  Participar en la colecta de evidencias, pruebas científico-técnicas para establecer los modos y los posibles autores.  Realizar  reconocimientos para emitir dictámenes de peligrosidad.

b) Medicina forense tanatologica.

Requisitos: Médicos con maestría en medicina legal y forense.

Actividades:
·  Realizar reconocimientos y levantamientos de cadáveres según lo soliciten las autoridades competentes.
·  Realizar reconocimientos y levantamientos de cadáveres según lo soliciten las autoridades competentes.
·  Realizar necropsias con el fin de establecer la causa de la muerte, determinar la causa o causas que le dieron origen, las circunstancias de su ocurrencia, la data de la misma y de ser posible su etiología.
·  Intervenir activamente en las diligencias de exhumación de cadáveres dispuestas por las autoridades competentes con el fin de auxiliar  a la investigación criminal o de otra naturaleza.
·  Realizar reconocimientos de partes o segmentos de cadáveres o de restos óseos, incluyendo la diligencia de levantamiento y su metódica de recolección, a fin de determinar en lo posible, los elementos de identidad absoluta o relativa que puedan ofrecer, su data, así como cualquier otro aspecto relacionado con la investigación criminal o de otra naturaleza.
·  Seleccionar y extraer órganos, tejidos y líquidos corporales de cadáveres para la realización  de exámenes histopatológicos, biológicos y químico-toxicológicos entre otros.

c) Medicina forense de investigación científica

Requisitos: Médicos con maestría en medicina legal y forense.

Actividad:
·  Emitir boletines, sobre documentación actualizada de la actividad forense en el mundo.
·  Investigar y publicar resultados de estadísticas, que permitan modificar la forma de actuación de los forenses.
·  Modular la actuación de otras ciencias: la Psicología jurídica, la Psiquiatría Forense, la Policía Científica y la Estadística Criminal de otras instituciones.
·  Investigar formas de actuación en el campo de la prevención general y especial del delito.

d) Medicina forense criminológica

Requisitos: Médicos con maestría en Criminología.

Actividad:
·  Emitir boletines, sobre documentación actualizada de la actividad en Medicina Criminológica.
·  Emitir información de estadísticas y resultados que sirvan de soporte para emitir políticas criminales por el Ministerio Publico.
·  Investigar y publicar resultados de estadísticas, sobre Victimas, delincuentes y sistemas de prevención.
·  Investigar y publicar resultados sobre perfiles tipo, de determinadas actividades delictivas.
·  Modular la actuación de otras ciencias como la Criminología y actividad en Centro Penitenciarios, Centros de acogida, Centros de protección a Victimas y testigos.
·  Investigar formas de actuación en el campo de la prevención general y especial del delito.

4.3.- La Medicina Criminalística

“Medicina criminalística es la especialidad que coadyuva en la investigación de los hechos criminales, empleando el análisis científico y técnico de las evidencias de los delitos perpetrados, de tal manera que contribuyen a esclarecer los hechos, modos, autores y circunstancias en que se cometieron, mediante sus informes periciales.” ([9])

a) Medicina criminalística

Requisitos:
Médicos con maestría en medicina legal y forense o Médicos licenciados en criminalística.

Ámbitos de actuación:
·              Asesorar  a las autoridades competentes en la realización e interpretación de los resultados de  pruebas criminalísticas relacionadas con manchas, huellas, proyectiles de armas  de fuego entre otras.
·              Asesorar a los fiscales, así como al resto de los organismos auxiliares de la administración de justicia en la interpretación de las pruebas científico-técnicas para esclarecer hechos criminales, civiles y/o  laborales.
·              La Investigación del reconocimiento, identificación e individualización de la evidencia física, colectada en la escena, en orden a preparar la mejor manera de la reconstrucción de la escena para la inspección ocular.
·              Investigación mediante el Estudio de ropas, Estudio de armas, Estudio de vidrios, Estudio de instrumentos del delito, Estudio de manchas: leche, calostro, meconio, semen, orina, saliva, líquido amniótico, etc., en los más diversos objetos materiales: pañuelos, ropa de cama, ropa interior, etc.

b) Medicina Policial

Requisitos:
Médicos con maestría en medicina legal y forense o Médicos licenciados en ciencias Policiales u oficiales de Policía.

Ámbitos de actuación:

·  Asesorar  a las autoridades competentes en la realización e interpretación de los resultados de  pruebas criminalísticas relacionadas con manchas, huellas, proyectiles de armas  de fuego entre otras.
·  Asesorar a los fiscales, así como al resto de los organismos auxiliares de la administración de justicia en la interpretación de las normas policiales y laborales
·   Componer el equipo de intervención en secuestros. Mediación o negociación con terroristas y rehenes.
·  Evaluación sobre la autorización deportar armas, por problemas médicos o psicológicos en miembros de la Policía.
·  Atención en clínicas de valoración de certificados médicos, para portar armas, conducir y otros.

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