EL CODIGO INTERNACIONAL DE NOMENCLATURA BOTANICA (CINB)
[International Code of Botanical Nomenclature, ICBN]El sistema de nomenclatura botánica ha sido estandarizado en un código para que las comunicaciones sobre plantas estén basadas en nombres mundialmente aceptados para cada planta. De esta manera cada planta tiene un sólo nombre y un sólo nombre es aplicado para una única planta.
El nombre científico es el símbolo nominal de la planta o un grupo de plantas, además es una manera de indicar su rango o categoría taxonómica.
El CINB está dividido en tres partes:
- Principios básicos del sistema de nomenclatura botánica.
- Reglas para poner en orden la nomenclatura antigua.
- Recomendaciones para conseguir uniformidad y claridad en la nomenclatura actual.
PRINCIPIOS DEL CINB
Principio I. La nomenclatura botánica es independiente de la nomenclatura zoológica y bacteriológica. El código se aplica por igual a todos los nombres de grupos taxonómicos considerados como plantas, aunque originalmente no se hayan atribuido al reino vegetal.Princpio II. La aplicación de nombres a los grupos taxonómicos (taxa) de categoría de familia o inferior es determinada por medio de los tipos nomenclaturales.
Principio III. La nomenclatura de un grupo taxonómico se funda en la prioridad de publicación.
Principio IV. Cada grupo taxonómico, de delimitación, posición y rango dados, no puede tener más que un nombre correcto, es decir, el más antiguo de conformidad con la reglas, salvo las excepciones especificadas.
Principio V. Los nombres científicos de los grupos taxonómicos se expresan en latín, cualquiera que sea su categoría.
Principio VI. Las reglas de nomenclatura tienen efecto retroactivo, salvo indicación en contra.
TIPIFICACIÓN
La tipificación es el proceso de indicación o designación de un tipo nomenclatural, es un requrimiento necesario del CINB para la aplicación de los nombres botánicos. La función es la de asegurar la máxima estabilidad y fijeza posibles de la nomenclatura, compatible con la naturaleza cambiable y dinámica del sistema taxonómico.En la tipificación un nombre es asignado permanentemente a su tipo nomenclatural. Así, si un taxón es definido de manera que incluye el tipo de un nombre, entonces el nombre debe aplicarse a ese taxon. Si se decide posteriormente que el tipo del nombre cae fuera del rango de variación del taxon, entonces el nombre no puede ser aplicado por más tiempo a ese taxón y debe ser aplicado al taxón que entra dentro del rango de variación en el que el tipo se considera que cae.
El tipo de un nombre es formalmente definido como el elemento sobre el cual está basada la descripción que valida la publicación del nombre (artículo 7).
El término 'elemento' significa diferentes cosas de acuerdo con la categoría del taxón concerniente.
- El tipo del nombre de una especie, por ejemplo, es por lo general simplemente el especimen de herbario (pliego de herbario) a partir del cual se ha perfilado la descripción que valida el nombre.
- El tipo del nombre de un género es la especie sobre la cual se basó la descripción original que validaba el nombre.
- El tipo del nombre de una familia o un taxón de categoría más alta es el género sobre el cual fue basada la descripción orginal válida.
No se intenta de ninguna manera que los tipos sean típicos del taxa al cual son referidos en términos del rango de variación. Un tipo puede caer en cualquier punto dentro del rango de variación del taxón en el que es incluido, y de ninguna manera esto afecta a su circunscripción. Un tipo es meramente un soporte nomenclatural, y desde el punto de vista taxonómico si un particular especimen, especie o género es un tipo o no, es puramente una cuestión de suerte y sin significado.
Un tipo es simplemente un especimen que ha tenido la suerte de haber proporcionado la descripción válidando la publicación de un nombre basado en él. Cuando los especímenes son clasificados en especies, un especimen tipo es tratado como cualquier otro. Sólo después de que la aplicación de nombres ha sido considerada llega a hacerse importante.
Clases de tipos
- Holótipo: el especimen u otro elemento usado por el autor o designado por él como el tipo nomenclatural; mientras que el holótipo existe regula automáticamente la aplicación del nombre correspondiente.
- Isótipo: un duplicado del holótipo, que forma parte de la recolección original.
- Lectótipo: especimen o elemento seleccionado a partir de material original para servir como tipo nomenclatural cuando no fue asignado un holótipo con la publicación o por pérdida. El lectótipo se debe elegir entre los isótipos, si no existen isótipos se debe elegir entre los síntipos, si tampoco hay síntipos se elige un neótipo.
- Síntipo: es uno de los especímenes citados originalmente por el autor que no designó holótipo o que ha enumerado simultáneamente varios como tipos.
- Neótipo: es un espécimen o culaquier otro elemento elegido para servir de tipo nomenclatural cuando falta todo el material sobre el cual está basado el nombre del taxon.
Tipos de categorias de especie o infraespecíficas
El tipo (holótipo, lectótipo o neótipo) de un nombre de una especie, o de un taxon infraespecífico consiste en un espécimen único o en cualquier otro elemento, excepto para las plantas herbáceas de pequeña talla y para la mayoría de las plantas no vasculares, en los que el tipo puede consistir en varios individuos que deben coservase de manera permanente sobre un mismo pliego de herbario o preparación.Los especímenes tipo de nombres de taxones de plantas actuales (excepto bacterias) se deben conservar de manera permanente y no pueden consistir en una planta viva o en un cultivo (a veces puede ser una figura o una descripción), (artículo 9).
Tipos de categorías supraespecíficas
El tipo del nombre de un género o de todo taxon situado entre el género y la especie está constituido por una especie; el tipo del nombre de una familia o de todo taxon situado entre familia y el género está constituido por el género cuyo nombre actual o antiguo ha servido de base al nombre del taxon en cuestión. En los nombres de taxones de rango superior al de familia no se aplica el principio de tipificación (artículo 10).PRIORIDAD DE PUBLICACIÓN
La nomenclatura de un grupo taxonómico está basada en la prioridad de publicación (principio de prioridad, principio III). La fecha 1 de mayo de 1753, publicación de Species Plantarum por LINNEO se considera el inicio para aceptar como válidas las publicaciones sobre nombres de plantas (Spermatophyta y Pteridophyta).Una publicación se considera como publicación válida si cumple estos requisitos:
- Si es una publicación efectiva: nombre publicado en prensa de ámbito botánico.
- Si cumple las reglas nomenclaturales específicas de su categoría taxonómica.
- Si es una publicación con una descripción o diagnosis en una lengua moderna.
- Si se acompaña de una descripción en latín.
- Si hay indicación del tipo nomenclatural (herbario).
Conservación de nombres
Cada grupo taxonómico sólo puede tener un nombre correcto (asociado a un tipo nomenclatural), y es el primero que está en concordancia con las reglas nomenclaturales a partir de la fecha de origen (principio IV). Exceptuando unos casos considerados como nomina conservanda:- Palmae (Arecaceae tipo Areca L.)
- Gramineae (Poaceae tipo Poa L.)
- Cruciferae (Brassicaceae tipo Brassica L.)
- Leguminosae (Fabaceae tipo Faba Mill.)
- Guttiferae (Clusiaceae tipo Clusia L.)
- Umbelliferae (Apiaceae tipo Apium L.)
- Labiatae (Lamiaceae tipo Lamium L.)
- Compositae (Asteraceae tipo Aster L.)
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