viernes, 11 de marzo de 2016

Introducción a la Antropología Forense

Psicología Forense

Una de las áreas periciales más solicitadas es la de psicología y psiquiatría forense, cabe mencionar que cuando la gente escucha el concepto forense lo asocia con el trabajo con cadáveres y se preguntan entonces, ¿qué actividades realiza un psicólogo en este medio?

La psicología científica.

En psicología, para evaluar la conducta, se toma en cuenta el resultado de una gran cantidad de aspectos como: historia personal, percepción, motivos, procesos cognoscitivos, emociones, tipo de familia, relaciones afectivas, autoestima, valores, sexualidad, sueños, atributos, deficiencias, creencias, circunstancias, entre otros elementos, que permiten detectar si existen alteraciones importantes en cada uno de estos aspectos que pueden determinar trastornos graves de la conducta, los cuales se caracterizan por ser formas inadaptadas, estables y duraderas.
Esquematizando la participación del psicólogo en el ámbito forense, se puede agrupar de la siguiente forma:

DERECHO FAMILIAR:

De manera general, los jueces de este ámbito, solicitan valoración de los padres para determinar su capacidad para ostentar la guarda y custodia de los menores, para establecer el régimen de visitas, adopción y tutela de menores, determinar los efectos de la separación o el divorcio tanto en los menores como en la pareja, en ocasiones, también en los procesos de nulidad, privación y pérdida de la patria potestad, violencia familiar, determinando quién es generador y receptor de la misma.

DERECHO PENAL:

Esta es un área de especial interés y participación de la psicología forense, pues en el análisis de delitos es necesario determinar los trastornos psicológicos que pueden presentar los involucrados (víctimas/victimarios), efectos del abuso de sustancias en la conducta y en la victimización, agresiones sexuales, especialmente si se trata de delitos violentos y/o seriales, evaluación de la personalidad criminal, personalidades violentas, secuelas psicológicas por victimización y maltrato, la tortura y sus efectos psicoemocionales, secuestros, perfilación criminal, etc.
Pues como dice Tkaczuk (1994) el esclarecimiento de un delito requiere de la intervención de diversas disciplinas; en lo que respecta al campo psicológico, se busca establecer la interrelación entre el móvil, la víctima, el escenario.

MENORES:

En este rubro se valoran tanto casos de menores victimizados como de menores agresores. En el primer caso, la petición más común se relaciona con la credibilidad en el testimonio del niño ya sea como testigo o como víctima, su estado psicológico, valoración del impacto del maltrato. En el segundo, para determinar la psicopatología que presenta el menor y que pudo provocar su involucramiento en el hecho que se le imputa, detección de los factores que provocan que un niño se convierta en una persona violenta, para decidir el tipo de medida que se aplicará (internamiento o tratamiento externo), para liberación de tratamiento.
Dos áreas de acción, menos solicitadas, pero que también permiten desarrollar investigación forense son:

DERECHO CIVIL:

Puede convocarse al psicólogo para evaluar incapacitaciones legales, internamientos psiquiátricos voluntarios e involuntarios. En relación a testamentos se solicita determinar la capacidad testamentaria o participación en el esclarecimiento de las impugnaciones de este tipo de documentos, valoración de secuelas psicológicas.

DERECHO LABORAL:

Intencionalidad en accidentes laborales, trastornos psicopatológicos desarrollados en el medio de trabajo (burn out), situaciones de acoso (mobbing), incapacidad para el desempeño de determinadas funciones.
Debido a ello, se requiere de una formación especializada, lamentablemente, no existe dentro de la currícula de las escuelas de psicología, un área de especialización en el ámbito forense. Hay preocupación, pues para poder laborar en este medio, se requiere de expertos que cuenten no solamente con la formación académica, sino también práctica para poder cumplir con lo solicitado por los juzgadores.
En el caso de la psicología forense el "Psicodiagnóstico" se obtendrá a partir del resultado del análisis que se realiza del conjunto de herramientas que incluye una metodología, teniendo como finalidad el estudio profundo de la personalidad desde un punto de vista puramente psicológico, clínico y patológico, lo cual en función de la edad en la que se encuentre el paciente, así como del tipo de conflictiva que se presente y de lo solicitado por las autoridades correspondientes, será el tipo de batería de test seleccionada para aplicar en cada caso.
Por lo que al igual que en todo proceso psicodiástico, es importante, previo a la organización de los instrumentos de evaluación, la selección de una batería de pruebas mas ajustada a lo que se requiere diagnosticar, es decir, conocer claramente cuál es el motivo del peritaje psicológico.
Todo proceso psicodiagnótico esta conformado por una serie de momentos y etapas, las cuales consisten en:
  • 1.Por medio de oficio dirigido a la dirección del INCIFO y canalizado a la Subdirección de Servicios Periciales de esta Institución, hecho por las instancias judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, se requiere la designación del o los peritos especialistas en el área de psicología, a efecto de intervenir en un caso específico.
  • 2.Se señalan fechas por la Subdirección de este Instituto, a efecto de que se presenten las partes que conforman el juicio en el cual fue solicitada la intervención pericial, esto con la finalidad de llevar a cabo "entrevistas" clínico psicológicas individuales para obtener un conocimiento de las características del proceso judicial y los requerimientos hechos por las autoridades correspondientes, así como la situación de conflicto a estudiar y analizar.
  • 3.Se realizan una serie de hipótesis sobre los conflictos o situaciones patológicas detectadas, debiendo en este momento seleccionar la batería de pruebas a aplicar en forma individual, tomando en cuenta la edad, sexo, rol que desempeña cada uno de los integrantes de un proceso, así como la dinámica de conflicto en la que se encuentran inmersos las partes del proceso en cuestión.
  • 4.Se solicitarán a las autoridades correspondientes el número de sesiones necesarias para poder cumplimentar con la batería seleccionada, tomando en cuenta aquí la tolerancia de cada individuo, que presente a las pruebas aplicadas, siendo que en menores de edad se trabajan sesiones de hasta 50 minutos aproximadamente, mientras que en adolescentes y adultos se trabajan sesiones de entre 60 y 90 minutos, dependiendo de la tolerancia a las mismas.
  • 5.Durante la realización de la estrategia de diagnóstico planteada, existe la posibilidad de que surjan emergentes no planeados, pero si considerados; por ello es indispensable el manejo de nuevos y actualizados instrumentos de prueba.
  • 6.Se procederá al análisis profundo de todo el material obtenido durante las sesiones de trabajo con los involucrados en el proceso, para poder llegar así a la realización del dictamen, requiriendo en este momento de la consulta de los manuales de cada una de las técnicas aplicadas, así como de bibliografía de apoyo sobre el tema a investigar.
  • 7.Con toda esta información se procede a la integración de los resultados de la valoración psicológica y la elaboración del dictamen psicológico (diagnóstico, pronóstico e indicaciones terapéuticas), mismo que se captura en todos los casos con la utilización de una computadora, de igual forma se requiere de tiempo suficiente.
desde un punto de vista clínico y psicopatológico; en función de la orientación, será el tipo de exploración que el profesional necesite hacer sobre la persona que se requiera evaluar.
En el caso de la psicología forense el "Psicodiagnóstico" se obtendrá a partir del resultado del análisis que se realiza del conjunto de herramientas que incluye una metodología, teniendo como finalidad el estudio profundo de la personalidad desde un punto de vista puramente psicológico, clínico y patológico, lo cual en función de la edad en la que se encuentre el paciente, así como del tipo de conflictiva que se presente y de lo solicitado por las autoridades correspondientes, será el tipo de batería de test seleccionada para aplicar en cada caso.



La psicología forense, pericial o psicología aplicada a los tribunales, es la rama de la Psicología Jurídica que aplica sus conocimientos y métodos a los procedimientos judiciales con el fin de asesorar al juzgador en su toma de decisiones (resolución judicial). Esta especialidad de la psicología está reconocida por el órgano colegial desde el año 1998.

La función principal del psicólogo forense, con independencia del órgano judicial que solicite su intervención, será la emisión de informes periciales (medio de prueba). El psicólogo forense puede intervenir en el proceso judicial bien como perito designado judicialmente (psicólogos adscritos a la Administración de Justicia o designados por sorteo y lista corrida –art. 341.1 LEC-) o a instancia de parte.

Si bien, otros psicólogos especialistas en otras áreas de la psicología aplicada (clínica, neuropsicología, educativa, experimental, etc.) pueden actuar en la sala de justicia como peritos o expertos a requerimiento de los distintos operadores jurídicos (jueces, fiscales o abogados), será el psicólogo forense, por su formación específica, el psicólogo especialista en la realización de valoraciones psico-legales (puesta en relación de aspectos psicológicos con cuestiones jurídicas).

En la actualidad el psicólogo forense en España actúa en las siguientes jurisdicciones, además de la militar y canónica: 

ORGANO JURISDICCIONAL
INTERVENCIÓN




JUZGADOS DE FAMILIA O PRIMERA INSTANCIA
-          Procesos de guarda y custodia
-          Procesos relacionados con el desarrollo del régimen de visitas
-          Procesos de impugnación de tutelas
-          Procesos de acogimiento familiar
-          Procesos sobre adopción
-          Privación de la patria potestad
-          Nulidad civil del matrimonio
-          Procesos de emancipación de menores de edad

JUZGADOS DE INCAPACIDADES ó PRIMERA INSTANCIA
-          Procesos de incapacitación
-          Declaración de prodigalidad
-          Idoneidad de tutor
-          Proceso de tutela


JUZGADOS DE LO PENAL ó DE INSTRUCCIÓN
-          Valoración pericial psicológica del denunciado: capacidad procesal, imputabilidad y riesgo delictivo
-          Valoración pericial psicológica de la víctima: lesión y/o secuela psíquica, credibilidad del testimonio en abuso sexual infantil




JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA
-          Resolución de recursos referentes a la clasificación inicial y a progresiones y regresiones de grado
-          Resolución de recursos sobre la puesta en libertad condicional de los penados y acordar las revocaciones que procedan
-          Autorizar los permisos de salida cuya duración sea superior a dos días, excepto los clasificados en tercer grado
-          Seguimiento de las medidas de seguridad



JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
-          En materia penal: valoración del denunciado y de la supuesta víctima. Se puede solicitar también la valoración de los menores cuando se haya ejercido violencia sobre ellos
-          En materia civil: guarda y custodia, régimen de visitas, acogimiento familiar, procesos de adopción, privación de patria potestad y nulidad civil del matrimonio
-          Actuación asistencial: intervención en crisis (juicios rápidos y órdenes de protección)


FISCALÍAS Y JUZGADOS DE MENORES
-          Valoración de la situación psicosocial del menor infractor para orientar respecto a la medida socioeducativa más adecuada
-          Conciliación y reparación
-          Seguimiento de las medidas postsentencia
-          Supervisión de permisos y cambios de medida

Las particularidades del contexto de exploración (los sujetos evaluados están inmersos en un procedimiento judicial) y el objetivo de la misma (realización de valoraciones psico-legales) delimitarán las habilidades y conocimientos del especialista forense. La variabilidad de características de los sujetos evaluados (niños, ancianos, distintas etnias y culturas, etc.) y la diversidad de asuntos requeridos al perito psicólogo (valoración de la prueba testifical, de la capacidad jurídica, de la imputabilidad, de la opción de custodia más adecuada, del riesgo delictivo, etc.) obligan a una formación específica y especializada que capacite al psicólogo para el desarrollo de la función pericial, en consonancia con las exigencias ético-deontológicas [1] y la elevada repercusión de su intervención para los usuarios de la Administración de Justicia. No en vano esta especialidad es la que con más frecuencia presenta conductas negligentes y no éticas (Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos: Comité Permanente de Ética, 2001). 

Además de las aportaciones al campo de las repercusiones legales de los trastornos mentales desde una visión más funcional de la psicopatología que categorial (propia de la Psiquiatría Forense), el psicólogo forense enriquece la exploración pericial de la esfera psíquica contribuyendo a la individualización de la resolución judicial al ofrecer la posibilidad de realizar un análisis global e integral de la realidad psicológica del ser humano (emociones, motivaciones, esquemas mentales, proceso socializador, procesos básicos, etc.). 

Básicamente el psicólogo forense debe contar con formación en las siguientes áreas: 
  • Psicopatología criminal y forense. Además de Psicopatología General (semiología y nosología) el perito psicólogo debe conocer la criminodinamia y delictogénesis de los trastornos mentales (Eje I y Eje II), los distintos procesos de victimización criminal y sus repercusiones psicológicas (psicopatología traumática), así como la valoración forense de las repercusiones legales de los trastornos mentales.
  • Psicología evolutiva y desarrollo atípico infantil.
  • Psicología Criminal o Psicología de la Delincuencia. El estudio de la carrera criminal y de los factores de riesgo/protección delictivo ayudarán a establecer el perfil psicológico del infractor, ayudando al juzgador a la individualización de la pena más allá de la mera valoración de la esfera cognitiva y volitiva (imputabilidad)
  • Psicología del Testimonio. Estudio de los procesos básicos (atención, percepción y memoria) aplicados a la valoración de la prueba testifical
  • Técnicas y habilidades para la aplicación de la evaluación psicológica al contexto forense. La entrevista, las pruebas psicométricas, proyectivas y neuropsicológicas en su aplicación al contexto pericial.
  • Formación en técnicas propias del ámbito forense: escalas de valoración del riesgo y procedimientos para valorar la credibilidad del testimonio en supuestos casos de abuso sexual infantil.
  • Guías para la elaboración del informe psicológico forense, así como técnicas y habilidades para enfrentar la ratificación en el acto de juicio oral.
  • Formación específica en la aplicación de la ética y la deontológica al campo forense.
  • Además el psicólogo forense debería pasar un periodo de prácticas supervisadas rotando por las distintas jurisdicciones (Juzgados de Familia, Institutos de Medicina Legal, Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Fiscalía y Juzgados de Menores, etc.).

Junto con los conocimientos y habilidades técnicas específicas, el psicólogo forense debe contar con formación jurídica básica, principalmente, de Derecho procesal (estudio de los principios del proceso y del procedimiento) y de cualquier otra especialidad del Derecho en la que vaya a intervenir como perito (Derecho de Familia, Penal, Civil, etc.). Obligado en este sentido es el manejo de los principios que rigen la prueba pericial tanto en el ámbito penal (arts. 456-485 LECr) como en el civil (arts. 335-352 LEC).

La psicología forense, desde sus orígenes, tiene dos retos fundamentales:
  • La elaboración de instrumentos de evaluación específicos para su campo que, por un lado, puedan sortear la manipulación de los peritados (ganancia secundaria derivada del informe forense); y por otro, midan aquellas cuestiones de interés psico-legal minimizando en lo posible el grado de inferencia del perito (subjetividad de los resultados)
  • La consolidación de criterios técnicos basados en la evidencia científica para apoyar su toma de decisiones forenses.

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