La Real Audiencia de Santo Domingo fue la primera corte de la corona española en América. Fue creado por Fernando V de Castilla en su decreto de 1511, pero debido a desacuerdos entre el gobernador de Hispaniola , Diego Colón y la Corona, no fue implementado hasta que fue restablecido por Carlos V en su decreto del 14 de septiembre de 1526. Esta audiencia formaría parte del Virreinato de la Nueva España tras la creación de estas últimas dos décadas más tarde. Sin embargo, el presidente de la audiencia era al mismo tiempo gobernador y capitán general de laCapitanía General de Santo Domingo , que le otorgó amplios poderes administrativos y autonomía sobre las posesiones españolas del Caribe y la mayor parte de sus costas continentales . Esto, combinado con la supervisión judicial que los jueces de la audiencia tenían sobre la región, significaba que la Audiencia de Santo Domingo era la principal entidad política de esta región durante el período colonial .
Estructura [ editar ]
Ley II ("Que en la ciudad de Santo Domingo en Hispaniola residen la Real Audiencia y la Cancillería, y de sus Ministros, Distrito y Jurisdicción") del Título XV ("De las Reales Audiencias y Cancillerías de las Indias") del Libro II de la Recopilación de Leyes de las Indias de 1680, que compila los decretos del 14 de septiembre de 1526; 4 de junio de 1527; 19 de abril de 1583; El 30 de octubre de 1591 y el 17 de febrero de 1620 describe los límites y las funciones de la Audiencia . [1]
La Audiencia de Santo Domingo mantuvo la supervisión judicial de la provincia de Caracas , excepto por dos cortos períodos de 1717 a 1723 y de 1739 a 1742, hasta el establecimiento de la Audiencia de Caracas en 1786. También supervisó las provincias de Maracaibo , Margarita , Cumaná ( Nueva Andalucía ), Guyana , Barinas y Trinidad (transferidas a la Audiencia de Bogotá en 1739) desde 1777 a 1786, mientras que los planes para la nueva Real Audiencia de Caracas fueron finalizados. El presidente de la Audiencia. Se mantuvo la supervisión administrativa de Margarita, Cumaná y Caracas durante la mayor parte del período colonial.
Debido a que España cedió Hispaniola a Francia en la Paz de Basilea de 1795, la Audiencia fue transferida a Santa María del Puerto Príncipe (hoy Camagüey , Cuba ) por el real decreto del 17 de marzo de 1799. La nueva Audiencia se creó el año siguiente y Llamada la Real Audiencia de Puerto Príncipe. Esta Audiencia mantuvo jurisdicción sobre Cuba, Puerto Rico , Louisiana y Florida . En 1838 la Real Audiencia.Se creó La Habana, con el Puerto Príncipe conservando jurisdicción sobre los departamentos del este y centro de Cuba, ya que España había perdido Florida y Louisiana. En 1831 se estableció la Real Audiencia de Puerto Rico, pero se disolvió en 1853.
Reducciones o en español reducciones , también llamadas ' congregaciones' , (en portugués: Redução , plural reduções ) fueron creados por los asentamientos españoles gobernantes en América española y la Indias Orientales Españolas . Los españoles reubicaron, a la fuerza, si era necesario, habitantes nativos de sus colonias (los indios ) en asentamientos que se modelaron en ciudades y pueblos en España . En la América latina de habla portuguesa, las reducciones también se llamaron aldeias .
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