miércoles, 8 de febrero de 2017

La inquisición

orígenes de la inquisición española

La creación de la Inquisición en la Corona de Castilla

Aunque en el siglo XV estaba prácticamente inactiva, en la Corona de Aragón existía la inquisición pontificia desde 1232 y los dominicos catalanes Raimundo de Peñafort y Nicholas Eymerich habían sido destacados miembros de la misma. En cambio, en la Corona de Castilla la inquisición pontificia nunca se instauró porque, según Henry Kamen, "los obispos y los tribunales eclesiásticos se habían bastado más que de sobras para reprimir cualquier herejía". La situación cambió cuando se planteó el "problema converso" y ya en 1461 un grupo de franciscanos encabezados precisamente por el presunto converso Alonso de Espina plantearon al confesor del rey, el también converso Alonso de Oropesa, la necesidad de que sobre los herejes se haga inquisición en este reyno según como se hace en Francia. La propuesta fue aceptada por Enrique IV de Castilla quien elevó la petición al papa, pero no volvió a insistir en ella a causa del estallido de la guerra civil castellana. Mientras tanto dos conversos eran quemados en la hoguera en Llerena (Extremadura) en 1467 por judaizar.36
En 1474 accede al trono Isabel I de Castilla, casada con el heredero de la Corona de Aragón, el futuro Fernando II de Aragón. Una de sus primeras preocupaciones es restablecer el orden y garantizar la vida y las propiedades de todos sus vasallos y también de los judíos. Así el 6 de septiembre de 1477 en una carta dirigida a la comunidad judía de Sevilla la reina les da garantías sobre su seguridad:37
Tomo bajo mi protección a los judíos de las aljamas en general y a cada uno en particular, así como a sus personas y sus bienes; les protejo contra cualquier ataque, sea de la naturaleza que sea…; prohíbo que se les ataque, mate o hiera; prohíbo asimismo que se adopte una actitud pasiva si se les ataca, mata o hiere
Al mismo tiempo los reyes deciden afrontar el "problema converso", sobre todo cuando el prior de los dominicos de Sevilla, fray Alonso de Ojeda les remite en 1475 un informe alarmante sobre la cantidad de conversos que en esa ciudad judaízan, incluso de manera abierta: circuncidan a sus hijos, observan el sabbath, se abstienen de comer carne de cerdo, celebran la Pascua judía, entierran a sus muertos según los ritos judíos, etcétera. Dos años después los reyes realizan una visita a Sevilla donde pasan más de un año y allí conocen de primera mano lo que está sucediendo.38 Poco después de partir, Alonso de Ojeda informa a la reina de que había hallado pruebas de la celebración de una reunión de conversos judaizantes en la ciudad y le pide medidas enérgicas contra ellos.36
El papa Sixto IV.
Según Joseph Pérez, la reina Isabel se resistió inicialmente a usar la fuerza contra los conversos judaizantes, encontrando apoyo en su confesor Hernando de Talavera y en el arzobispo de Sevilla, el cardenal Pedro González de Mendoza. Pero el rey Fernando impuso su criterio y los reyes se dirigieron al papa Sixto IV para que les autorizara a nombrar inquisidores en sus reinos, lo que el papa les concedió por la bula Exigit sincerae devotionis del 1 de noviembre de 1478.38 Henry Kamen, por su parte, afirma que la decisión la tomaron el rey y la reina conjuntamente después de recibir un informe —en cuya redacción participó Tomás de Torquemada prior del convento dominico de Segovia— en el que se afirmaba que los conversos continuaban practicando los ritos judíos no sólo en Sevilla sino en toda Andalucía y en Castilla.39 En la bula el papa Sixto IV estipulaba que los inquisidores debían de ser dos o tres sacerdotes de más de cuarenta años y concedía a los reyes su nombramiento y destitución.40
Sin embargo los reyes tardaron dos años en nombrar los inquisidores de Sevilla, según Josep Pérez, para dar una oportunidad al arzobispo para que intentara resolver el "problema converso" por la vía de la predicación. Así el cardenal Mendoza mandó redactar un catecismo que se distribuyó por todas las iglesias de la diócesis y en una carta pastoral pidió a los párrocos que se ocuparan de explicarlo a los nuevos cristianos. Por su parte el confesor de la reina fray Hernando de Talavera se dedicó a predicar y a advertir a los judaizantes del peligro que les amenazaba si no retornaban a la fe cristiana. Como ha señalado Joseph Pérez, tanto el cardenal Mendoza como fray Hernando de Talavera "captan muy bien la realidad del problema: muchos conversos han recibido una instrucción religiosa muy insuficiente, por no decir nula; ¿cómo se les puede exigir que practiquen una fe que no conocen, o conocen mal? ¿Cómo se les puede castigar por errores que son fruto de la ignorancia?".41Henry Kamen, por su parte, afirma que "una explicación verosímil para esta política [de retrasar dos años la aplicación de la bula papal] es que la corona optara prudentemente por un período de indulgente tolerancia antes de tomar medidas más severas, como también es posible que influyera el gran número de conversos que ocupaban puestos en la corte".40
Pero la campaña evangelizadora no consiguió los resultados que sus promotores esperaban. Incluso se difundió en Sevilla un escrito anónimo en el que un judeoconverso justificaba que se pudiera practicar simultáneamente el judaísmo y el cristianismo y además ponía en cuestión determinados dogmas cristianos, como el de la Santísima Trinidad, y el culto a las imágenes y a los santos. Hernando de Talavera escribió una réplica titulada Católica impugnación, pero el libelo anónimo confirmaba a los partidarios de la mano dura de que ésta era la única solución para resolver el problema converso. El 27 de septiembre de 1480 los reyes nombraban a los dos primeros inquisidores para Sevilla. Con esta decisión nació el Santo Oficio que no desaparecería hasta 1834.42 Según explicó el rey Fernando años más tarde: No pudimos menos fazer, porque nos dixeron tantas cosas del Andaluzía.40

Los motivos de los reyes para establecer la Inquisición

Según Joseph Pérez, Fernando e Isabel "estaban convencidos de que la Inquisición obligaría a los conversos a integrarse definitivamente: el día en que todos los nuevos cristianos renunciaran al judaísmo nada les distinguiría ya de los otros miembros del cuerpo social… Es el mismo razonamiento que impulsa a los reyes, en 1492, a expulsar a los judíos que no quieren renunciar a su fe".43
Henry Kamen, por su parte, pone en cuestión los motivos religiosos alegando que Fernando e Isabel "puede que fueran católicos fervientes, pero de ninguna manera se les puede considerar antisemitas o contrarios a los conversos". Además señala que "fuera de un puñado de ciudades en el sur donde había habido disturbios políticos, no se presionó para se iniciara una inquisición". Kamen defiende que la decisión fue tomada para resolver un problema concreto en Andalucía. "Ni la corona ni los primeros defensores de la Inquisición miraban, en los años de 1480, más allá de las lindes de Andalucía. El objetivo inmediato era reforzar allí la ortodoxia religiosa".44 Y por otro lado, también según Kamen, la decisión se adoptó en el contexto de la política de Isabel y de Fernando de pacificación general del reino y de fortalecimiento de la autoridad real, por lo que en principio fue "una medida más o menos rutinaria. El desarrollo de los acontecimientos pronto la convirtió en algo mucho más serio, ya que implicaba a las elites conversas urbanas, que hasta la fecha habían apoyado sin vacilar a la corona".40

Las primeras actuaciones de la Inquisición y el conflicto con el papa

"Auto de fe", pintado por Pedro Berruguete.
Los dos primeros inquisidores nombrados por los reyes para que hicieran frente al "problema converso" en Sevilla, fueron los dominicos Juan de San Martín y Miguel de Morillo, que contarán con Juan Ruiz de Medina, perteneciente al clero secular y miembro del Consejo Real, como consejero jurídico. Son recibidos por las autoridades y la nobleza sevillanas con bastantes reservas lo que obliga a los reyes a ordenarles que colaboren con ellos.45
La noticia de la llegada de los inquisidores provocó el pánico entre los conversos y muchos de ellos huyeron. Unas tres mil familias se marcharon al extranjero —al reino de Portugal, al reino de Francia o al norte de África— y unas ocho mil personas buscaron refugios en los estados señoriales de la nobleza andaluza —semanas después los inquisidores ordenarán a los señores que dejen de proteger a los conversos bajo pena de ser acusados de complicidad y de obstrucción al Santo Oficio—.46
El pánico se extiende por toda Andalucía. Así lo relata el cronista Hernando del Pulgar, incluida la reacción de la reina:47
E como quier que la absencia de esta gente despobló gran parte de aquella tierra, e fue notificado a la reyna que el trato se disminuía; pero estimando en poco la disminución de sus rentas, e reputando en mucho la limpieza de sus tierras, decía que todo interese pospuesto quería limpiar la tierra de aquel pecado de la heregía, porque entendía que aquello era servicio de Dios e suyo. E las suplicaciones que le fueron hechas en este caso, no la retraxeron deste propósito
Los conversos que no huyen se disponen a hacer frente a los inquisidores y a obligarles a que abandonen la ciudad. Sin embargo el complot que un grupo preparaba en Sevilla es descubierto y los conjurados son detenidos y condenados a muerte, figurando así entre las primeras víctimas de la inquisición.48
Los dos inquisidores de Sevilla comienzan a actuar inmediatamente haciendo arrestar a muchos sospechosos de judaizar. El 6 de febrero de 1481 se organiza el primer auto de fe —seis personas fueron quemadas en la hoguera y el sermón lo pronunció fray Alonso de Hojeda—.49Como el trabajo los desborda el papa autoriza el nombramiento de siete inquisidores más el 11 de febrero de 1482, todos ellos dominicos, entre los que se encuentra Tomás de Torquemada, prior del convento de Santa Cruz de Segovia. Ese mismo año se crea un tribunal en Córdoba, y al año siguiente sendos tribunales en Jaén y Ciudad Real.47 Entre 1481 y 1488 dictan unas setecientas condenas a muerte y miles de cadenas perpetuas y otros castigos.50
La severidad de los inquisidores causa estupor y varias personas destacadas, como el cronista Hernando del Pulgar o el protonotario Juan Ramírez de Lucena, piden indulgencia para los nuevos cristianos, cuyo único crimen es la ignorancia de su nueva fe.50 Lucena, dice una crónica, emsistió con los Reyes que no oviese inquisición y que debían ser tratados como infieles y no como herejes, y utilizar las razones y los halagos para convencerles y no coaccionarlos con castigos. Hernando del Pulgar, por su parte, denunció la actuación de los inquisidores ante el arzobispo de Sevilla en una carta en la que le dice que en Andalucía miles de jóvenes conversos51
… nunca de sus cassas salieron ni oyeron ni supieron otra doctrina sino la que vieron hazer a sus padres de puertas adentro. Quemar todos estos sería cosa crudelissima y aun diffícile de hazer.
No digo señor esto a favor de los malos, mas en remedio de los enmendados, el qual me parecería señor poner en aquella tierra personas notables y con algunos dellos de su misma nación que exemplo de vida y con palabras de dotrina reduxiesen a los unos y enmendasen a los otros. Buenos son, por cierto, [los inquisidores] Diego de Merlo y el doctor Medina, pero yo sé bien que no harán ellos tan buenos Christianos con su fuego como hizieron los obispos don Paulo [de Santa María] y don Alonso [de Cartagena] con su agua.
Las familias de los condenados van más lejos y denuncian directamente al papa la crueldad de los inquisidores. El papa Sixto IV, conmocionado por lo que lee, confiesa en una carta del 29 de enero de 1482 que se precipitó al conceder a los reyes el establecimiento de la inquisición, pensando que iba a funcionar como la inquisición pontificia medieval, y reconoce que los inquisidores han abusado de su poder y además denuncia que se les niegue a los condenados el derecho de apelar las sentencias ante él mismo.50
Sin embargo al verse sometido a fuertes presiones diplomáticas, el papa da marcha atrás en su intención de revocar la autorización que había dado a los reyes, y el 11 de febrero de 1482 permite que los inquisidores continúen en sus cargos y amplía su número, aunque exige cambios importantes en el funcionamiento del tribunal: que los inquisidores rindan cuentas ante los obispos; que no se oculten los nombres de los testigos de cargo; y que los condenados puedan recurrir la sentencia a Roma.50
Pero el rey Fernando de Aragón no admite ninguna de estas condiciones, especialmente el reconocimiento del derecho de apelación de los condenados a Roma, y de nuevo el papa acaba cediendo. Lo único que consigue es que puedan apelar ante el arzobispo de Sevilla, pero al mismo tiempo nombra inquisidor general al dominico Tomás de Torquemada, por lo que a partir de ese momento será él quien nombre a los inquisidores.52
El derecho de apelación ante el arzobispo de Sevilla será revocado el 25 de septiembre de 1486 por el papa Inocencio VIII, sucesor de Sixto IV fallecido en agosto de 1484, al verse sometido de nuevo a fuertes presiones diplomáticas. A partir de entonces las apelaciones se harán ante el inquisidor general. Los obispos condenados por la Inquisición serán los únicos que podrán apelar al papa. Inocencio VIII, concede a los reyes en 1488 la facultad de designar, en su momento, al sucesor de Torquemada en el cargo de inquisidor general.48
Como ha señalado Joseph Pérez, "el pulso con el papado acaba, pues, con el triunfo de los soberanos. El primero renuncia a favor de los segundos a una de sus prerrogativas esenciales; la defensa de la fe y la lucha contra la herejía dependen ahora en España de un tribunal que actúa por delegación del papado, pero que está bajo la autoridad del poder civil, que designa a sus magistrados".48

La Inquisición en la Corona de Aragón

Cuando el papa Sixto IV promulga la bula que otorgaba el derecho de nombrar inquisidores a los reyes Isabel y Fernando, este último todavía no era el soberano de la Corona de Aragón, por lo que cuando en enero de 1479 Fernando ya es efectivamente rey de Aragón y de Valencia y conde de Barcelona, tiene que pedir permiso al papa en mayo de 1481 para nombrar inquisidores en estos estados. Pero el papa Sixto IV plantea varias objeciones. La principal es que en la Corona de Aragón desde el siglo XIII existía la inquisición medieval que todavía seguía actuando, aunque no con demasiado celo —entre 1460 y 1467 en Valencia se había procesado a quince presuntos judaizantes; había habido condenas de herejes en Zaragoza en 1482—. El problema para el rey Fernando era que estos inquisidores dependían de los obispos y no de la Corona, como la inquisición instaurada en 1478.53
El rey Fernando decide entonces imponer la nueva inquisición por la vía de los hechos y en diciembre de 1481 destituye a los inquisidores dependientes de sus respectivos obispos de Valencia y de Zaragoza, nombrando en su lugar a otros designados por él mismo. Pero el papa reacciona enérgicamente negando el derecho del rey Fernando a nombrar inquisidores porque cuando promulgó la bula de 1478 él todavía no era el soberano de la Corona de Aragón.54 En la bula del 18 de abril de 1482 el papa Sixto IV hace una durísima e insólita crítica a la actuación de los inquisidores55
En Aragón, Valencia, Mallorca y Cataluña la Inquisición lleva tiempo actuando no por celo de la fe y la salvación de las almas, sino por la codicia de la riqueza, y muchos verdaderos y fieles cristianos, por culpa del testimonio de enemigos, rivales, esclavos y otras personas bajas y aún menos apropiadas, sin pruebas de ninguna clase, han sido encerradas en prisiones seculares, torturadas y condenadas como herejes relapsos, privadas de sus bienes y propiedades, y entregadas al brazo secular para ser ejecutadas, con peligro de sus almas, dando un ejemplo pernicioso y causando escándalo a muchos
A continuación el papa establece en la bula que en lo sucesivo los inquisidores actuarán conjuntamente con delegados de los obispos, comunicarán el nombre de los testigos de cargo, se permitirá a los acusados la asistencia de un abogado, sólo se utilizarán las cárceles eclesiásticas y se admitirá apelar a Roma.55 La réplica del rey Fernando por medio de una carta con fecha del 13 de mayo de 1482 es no menos contundente:56
Su Santidad… tiene un deber para con la Inquisición. Por si acaso hubieran sido hechas concesiones [a los conversos] por la persistente y astuta persuasión de los citados conversos, no pienso permitir jamás que surtan efecto. Tenga cuidado por lo tanto de no permitir que el asunto vaya más lejos, y de revocar toda concesión, encomendándonos el cuidado de esta cuestión
Cinco meses después, el papa suspendió la bula56 y la actividad de la inquisición en los estados de la Corona de Aragón. En octubre de 1483, el papa cede completamente a la presión del rey y nombra a Torquemada inquisidor general también para la Corona de Aragón.54 De esta forma "la Inquisición española quedaba unida bajo un solo mando", "convirtiéndose en la única institución cuya autoridad abarcaba todos los reinos de España".56

La oposición a la inquisición en la Corona de Aragón

A diferencia de Castilla donde la oposición a la inquisición "fue escasa ",47 en la Corona de Aragón se dio una fuerte resistencia a su implantación, encabezada por las instituciones de sus estados que alegaron que violaba los fueros de cada uno de ellos —algunas de las sanciones que aplicaba, como la confiscación de bienes, era contraria a ellos—, y además sus fueros tampoco permitían que los naturales de otros reinos pudieran ocupar cargos, ya que Torquemada y la mayoría de inquisidores que había nombrado eran castellanos y por tanto extranjeros.57 También afirmaban que no había herejes allí, como lo hizo la Diputación General de Aragón que escribió al rey diciéndole que aqueste reyno es de cristianos.58 La hostilidad a la inquisición en el reino de Aragón la describe así el cronista Jerónimo Zurita:59
Comenzáronse de alterar y alborotar los que eran nuevamente convertidos de linaje de los judíos, y con ellos muchos caballeros y gente principal, publicando que aquel modo de proceder era contra las libertades del reyno, porque por este delito se les confiscan los bienes y no se les daban los nombres de los testigos que deponían contra los reos, que eran dos cosas muy nuevas y nunca usadas, y muy perjudiciales para el reyno
Las primeras instituciones en mostrar su oposición fueron las cortes del Reino de Valencia reunidas en 1484 y poco después le siguieron las cortes del Reino de Aragón y las cortes catalanas. El rey Fernando respondió que los fueros no podían ser invocados cuando está en juego un bien superior —la defensa de la fe— y además alegó que la inquisición era una institución creada por el papa y que por tanto su autoridad estaba por encima de la de las cortes, presentando así la inquisición, en cierto modo, como si fuera una institución de derecho divino, superior a las instituciones humanas.60
En una carta que envió a los nobles principales y al resto de miembros de las cortes del reino Aragón el rey defendió la existencia de la nueva inquisición:59
No hay la menor intención de infringir los fueros, sino más bien la de reforzar su observancia. No puede imaginarse que vasallos tan católicos como los de Aragón pedirían, o que reyes tan católicos concederían, fueros y libertades adversas a la fe y favorables a la herejía. Si los antiguos inquisidores hubieran actuado concienzudamente de acuerdo con los cánones, no habría habido causa para traer estos nuevos; pero no tenían conciencia y estaban corrompidos por el soborno.
Si hay tan pocos herejes como se dice, no hay por qué temer a la Inquisición. No hay que impedirle que secuestre, confisque o haga cualquier otro acto necesario, para asegurarse de que a ninguna causa o interés, por grande que sea, se le permitirá que interfiera con sus procedimientos en el futuro, como ocurre ahora.
En el reino de Aragón, fray Gaspar Juglar y el canónigo Pedro Arbués, fueron nombrados inquisidores,61 pero en Teruel las autoridades les negaron la entrada en la ciudad y aquéllos respondieron con la excomunión de los magistrados y de todos los habitantes de la villa. El clero de Teruel recurrió entonces al papa que revocó la excomunión y, por su parte, el municipio escribió al rey para protestar de que venían a fer la Inquisición con el deshorden que lo han fecho en Castilla. La Diputación General de Aragón les dio su apoyo dirigiéndose también al rey afirmando que no había herejes allí y que los que hubiera debían ser tratados con monestaciones e persuasiones, no con violencia. La respuesta del rey Fernando fue contundente. En febrero de 1485 ordenó que tropas castellanas se situaran en la frontera con el reino de Aragón para obligar a las autoridades a que apoyaran y ayudaran a los inquisidores. Así fue como se acabó la resistencia de Teruel a la implantación de la Inquisición.58
En el reino de Valencia el conflicto se planteó a causa de que ya existían allí dos inquisidores pontificios nombrados en 1481, Juan Cristóbal de Gualbes y Juan Orts. En marzo de 1484 Torquemada los destituyó y nombró en su lugar al aragonés Juan de Épila y al valenciano Martín Íñigo, lo que levantó las protestas de las instituciones del reino. La Junta d'Estaments escribió al rey para que la Inquisición se faça amb persones del regne y para que se pusiera fin al secreto de los testigos de cargo. El rey les contestó que los fueros no debían ser utilizados para proteger a los herejes y si en aquel reyno hay tan pocos hereges como dizen, tanto es de maior admiración que tengan temor de la Inquisición —dijeron sus enviados— pero como la resistencia continuó, entonces recurrió a las amenazas.62
En el principado de Cataluña el conflicto con las instituciones fue similar al del reino de Valencia ya que se planteó a raíz del nombramiento por Torquemada en mayo de 1484 de dos inquisidores y la destitución al mismo tiempo del inquisidor pontificioJoan Comes, nombrado por el papa en 1461 a petición de la ciudad de Barcelona. Las autoridades civiles y eclesiásticas catalanas protestaron inmediatamente al rey y conde de Barcelona porque el nombramiento iba contra llibertats, constitucions i capítols per vostre Magestat solempnialmente jurats. Fernando les contestó que per ninguna causa ne interés, per grante e evident o de qualsevol qualitat que sia, no havem a donar loch en que la dita inquisició cesse. Pero los consellers de Barcelona volvieron a insistir en diciembre de 1485 preocupados por el daño que estaba sufriendo la ciudad a causa de los conversos que se habían visto obligados a emigrar: havem vist dona causa a la perdició e desviamente de aquesta terra la inquisició que vostra altesa hi vol introduir… Los pochs mercaders que eren restats e fahien la mercadería, han cessat de aquella… Los regnes stranys se fan richs e gloriosos del despoblar de aquesta terra. Un poco después reiteraron que la ciudad quedaría totalmente, si dita Inquisició se fahia, despoblada, destroida e perduda. Una primera solución se encontró con la destitución de todos los inquisidores, incluido el pontificio, por el papa Inocencio VIII, pero la designación del inquisidor que los sustituyera se dejó en manos de Torquemada y éste nombró al castellano Alonso de Espina, lo que de nuevo levantó las protestas de los consellers porque los inquisidores actuaban contra leys, practiques, costums e libertats de la dita ciutat. Finalmente el rey obligó a las instituciones catalanas a que aceptaran al nuevo inquisidor bajo la amenaza de que a Cataluña le ocurriría lo mismo que a Teruel, que se había perdido por no obedecer a la Inquisición.63
Como la resistencia institucional no estaba dando ningún fruto, algunos conversos del reino de Aragón decidieron pasar a la acción y asesinar a un inquisidor.64 En enero de 1485 había muerto el inquisidor Gaspar Juglar y entonces corrió el rumor de que había sido envenenado por los conversos. El otro inquisidor, Pedro Arbués, sufrió dos atentados de los que logró salir indemne, pero en el tercero, que tuvo lugar en la noche del 14 al 15 de septiembre de 1485, ocho asesinos a sueldo lo matan en la catedral de Zaragoza mientras estaba rezando frente al altar mayor. La cota de malla que llevaba debajo del hábito no le salva porque los homicidas, que lo saben, le apuñalan en el cuello.61 "Los asesinos escaparon mientras los canónigos de la catedral acudían presurosos y encontraban al inquisidor agonizando". Arbués moría dos días después, el 17 de septiembre.64
Grabado de Pedro de Villafranca acerca del asesinato del inquisidor del reino de Aragón Pedro Arbués.
El crimen de Arbués suscitó el horror y la indignación en todo el reino y acrecentó el odio hacia los conversos —y hacia los judíos— sobre todo cuando se detuvo a los asesinos y se comprobó que habían sido pagados por conversos —los autores del crimen, sus cómplices e instigadores fueron juzgados y ejecutados en 1486 tras la celebración de sucesivos autos de fe—. A uno de los asesinos "le cortaron las manos y las clavaron en la puerta de la Diputación, tras lo cual fue arrastrado hasta la plaza del mercado, donde fue decapitado y descuartizado, y los trozos de su cuerpo colgados en las calles de la ciudad [de Zaragoza]. Otro se suicidó en su celda un día antes del tormento, rompiendo una lámpara de cristal y tragándose los fragmentos; sufrió el mismo castigo, que fue infligido a su cadáver". Las represalias se prolongaron hasta 1492 y los miembros de las principales familias conversas aragonesas, acusados de estar implicados en la conspiración, fueron detenidos y condenados a muerte por la inquisición, destruyendo "de modo efectivo la influencia de los cristianos nuevos en la administración aragonesa".65
La repulsa por el crimen fue hábilmente utilizada por el rey Fernando para vencer cualquier resistencia que quedara a la implantación de la inquisición. "Organiza unos funerales solemnes para la víctima, como si se tratara de un mártir de la fe. En diciembre de 1487, la ciudad de Zaragoza manda construir un espléndido mausoleo para los restos de Arbués, con un bajorrelieve que representa la escena del asesinato. En 1490, el municipio financia dos lámparas de plata maciza que coloca ante la tumba, en la catedral; una de esas lámparas arde día y noche. Estos hechos pronto se convirtieron en leyenda".66
Sin embargo, la oposición de las instituciones de los estados de la Corona de Aragón continuará durante bastante tiempo. En las cortes reunidas en Monzón en 1510-1512 el rey Fernando se compromete a reformar la inquisición, pero en cuanto se cierran éstas tras la concesión del impuesto extraordinario que había solicitado, alega que la promesa le había sido arrancada bajo coacción y no la cumple, tras conseguir que el papa Julio II le exima de su juramento.60

La llegada del nuevo rey Carlos I y la última oportunidad de reformar la inquisición

Retrato del rey Carlos I.
En 1517, poco antes de la llegada a España del nuevo rey Carlos I, nieto de los Reyes Católicos, circuló el rumor de que éste estaba decidido a llevar a cabo un cambio decisivo en el proceso inquisitorial: que los acusados conocieran los nombres de los testigos de cargo. El regente e inquisidor general, el cardenal Cisneros, se alarmó por este rumor y escribió una carta a Carlos en la que le decía que las reglas de la inquisición en jamás tendrán necesidad de reformación y será pecado mudarlas.67
En las primeras cortes de Castilla presididas por el rey, celebradas en Valladolid en febrero de 1518, los procuradores pidieron que su alteza provea que el oficio de la Santa Inquisición proceda de manera que se mantenga la justicia, y que los réprobos sean castigados y no sufran los inocentes. En su propuesta de reforma de la inquisición incluían que en el proceso inquisitorial se observaran las formalidades legales y que los inquisidores fueran hombres respetables y letrados.67 Como resultado de estas peticiones se elaboraron una serie de directrices para el funcionamiento de la inquisición —por iniciativa del canciller real Jean de Sauvage— en cuyo preámbulo se decía:68
por los acusados no haber podido ser plenamente defendidos, muchos inocentes y no culpados deste delito han padecido muertes, daños y opresiones, injurias e infamias e intolerables fatigas.. y muchos nuestros vasallos se han ido y ausentado de estos nuestros reynos; y (como la experiencia ha mostrado) generalmente estos nuestros reynos han recibido grandes fatigas y daños; y han sido y son gravemente infamados de este crimen por todo el mundo.
Adriano de Utrecht, elegido papa en 1523
Según Henry Kamen, "las reformas propuestas incluían disposiciones a fin de que los reos fueran trasladados a cárceles abiertas y públicas, donde pudieran recibir visitas y ser asistidos por abogados, así como de que se les informase de qué se les acusaba en el momento de la detención y se les diera a conocer el nombre de los testigos de cargo; además, los bienes de los acusados no podrían ser confiscados y vendidos antes de que se emitiera un veredicto, ni se podrían utilizar para pagar los salarios de los inquisidores. Se permitiría a los acusados asistir a misa y recibir los sacramentos mientras estaban a la espera de juicio y se tomarían las precauciones debidas para que los condenados a cadena perpetua no murieran de hambre. Si se empleaba la tortura, debería hacerse con moderación y se evitarían las ásperas y nuevas invenciones de tormentos que hasta aquí se han usado en este oficio. Cada una de estas cláusulas indica la existencia de males a los que la nueva pragmática intentaba poner remedio".69 "De haber sido aprobadas estas directrices, habría surgido un tribunal completamente diferente. Se habría levantado del todo el peso del secreto y con ello habrían disminuido considerablemente las posibilidades de cometer abusos", afirma Henry Kamen. Pero el nuevo inquisidor general nombrado por el rey Carlos, el cardenal Adriano de Utrecht se opuso radicalmente a que se introdujeran estas reformas y, además, el canciller real Sauvage, el principal impulsor de los cambios, murió en julio de 1518.70
Las cortes del reino de Aragón, al igual que las de Castilla, presentaron al rey Carlos una lista de treinta y un artículos de reforma de la inquisición cuando se reunieron en Zaragoza, que eran prácticamente los mismos que aparecían en las directrices redactadas a instancias de Sauvage. El rey aprobó la lista de cambios pero en cuanto se clausuraron las Cortes pidió a Roma que fueran anulados y la dispensa del juramento que había hecho. Además, la inquisición detuvo al notario de las Cortes que había autentificado la firma del rey acusándolo de haberla falsificado. Entonces los miembros de las Cortes apelaron al papa León X quien les dio la razón y revocó todos los privilegios especiales concedidos a la inquisición por sus antecesores, pero cuando el rey se negó a publicar las órdenes papales y presionó al papa éste dio marcha atrás. Lo único que se consiguió fue que el notario de las cortes fuera liberado por la inquisición.71 Las cortes de Cataluña intentaron lo mismo pero también fracasaron ante la negativa del rey a introducir cambios en la Inquisición. En abril de 1520 el rey Carlos escribía en una carta que en las Cortes de Aragón y Cataluña el dicho Santo Oficio ha sido vexado y desfavorecido de algunas personas que poco celaban en su conservación y se han procurado muchas cosas en su derogación.

Podemos ubicar su nacimiento en el año 1231 y su final a comienzos del siglo XIX. En sentido estricto, la institución relacionada con la definición dada se sitúa exclusivamente dentro del orbe católico, independientemente de que, tras la Reforma liderada por Martín Lutero, se produzca persecución de la desviación de la nueva doctrina allí donde ésta era hegemónica.
El surgimiento de esta "primera" Inquisición estaría motivado por la expansión de las herejías valdense, maniquea, albigense y cátara. Los cátaros llegarían a poseer alrededor del 10% de adeptos en algunas de las ciudades de mayor tamaño de la Europa mediterránea. La indiferencia de los poderes civiles por este aumento, siendo algunos de sus miembros partidarios y activos colaboradores de las mismas, estimularon a la Iglesia para involucrarse personalmente. En 1231, el Pontífice designa el primer inquisidor para Alemania y, en 1232, para Francia, naciendo entonces, formal y definitivamente, la Inquisición.
Durante el siglo XIII la Inquisición vivirá su apogeo y se perfilarán algunas de las directrices que marcarán su resurgimiento en el siglo XV como una institución completamente nueva, tales como el secretismo en la declaración de los testigos de la acusación y la preponderancia de la eficacia sobre los formalismos. No obstante, durante el XIV se producirá el ocaso definitivo, motivado por un anquilosamiento burocrático que derivaría en prácticas rutinarias y, por consiguiente, en una imposibilidad cada vez más manifiesta de adaptarse a los cambios que se producían en el delito que se les había encomendado perseguir. A mediados de la siguiente centuria tan sólo se encontrarían operativos los tribunales de Valencia, Barcelona y Dauphiné, pues el poder episcopal había aprovechado oportunamente su declive para hacer que prevaleciera su jurisdicción.
El crecimiento de las ciudades por el cese de las grandes hambrunas, epidemias y grandes conflictos bélicos propició un crecimiento en las ciudades nunca visto hasta entonces, multiplicándose las escuelas y universidades en Europa occidental. Esto ocasiona una pérdida de control y de influencia a la Iglesia católica y creará las condiciones para el surgimiento de una Inquisición completamente renovada que tendrá su máximo exponente en España, Portugal y las ciudades-estado italianas.
Organización y financiación
Aunque oficialmente la fundación del Santo Oficio se fija en el año 1478 en el reino de Castilla, lo cierto es que el entramado de la institución y la ingente maquinaria represora no estuvieron preparados para actuar a pleno rendimiento hasta 1480, cuando se hubieron nutrido de los fondos adecuados tras las primeras confiscaciones.
El proceso fue más lento en Aragón, pues la Inquisición del siglo XIII aún seguía vigente. Ello no impidió al rey Fernando comenzar las reformas designando a Tomás de Torquemada Inquisidor General de la Corona de Aragón en 1485 y a los dos primeros inquisidores de Zaragoza. Poco después, fueron establecidos otros dos en Valencia y Barcelona, respectivamente.
Esta medida fue desaprobada rotundamente por las autoridades aragonesas pero el asesinato del Inquisidor de Zaragoza el 13 de septiembre de 1485 convenció a los poderes civiles de la existencia de la herejía en los dominios de Fernando el Católico, pues el crimen se atribuyó a un judaizante. Tras esto, Tomás de Torquemada se consolidaría como máximo responsable de la Inquisición, tanto para Castilla como para Aragón.
La Inquisición española se financiaba mediante las confiscaciones, las multas, las dispensas y los beneficios. Era de las confiscaciones de donde se obtenían los mayores ganancias debido al valor de lo incautado. En un plano más secundario pero nada desdeñable, se situaban las multas, que aportaban también grandes beneficios debido a la discrecionalidad con la que se imponían, especialmente cuando no existía acusación formal contra el reo.
Muchos acusados pudientes preferían pagar la cantidad que fijara el tribunal para eximir a sus descendientes de cumplir las condenas fijadas en materia de prohibición de desempeño de oficios o respecto a prescripciones suntuarias: eran las llamadas donaciones. Los beneficios eran cantidades pagadas directamente de las arcas reales en contrapartida por la prerrogativa regia de poder nombrar a los inquisidores. Este último tipo de retribución iba destinado al pago de los clérigos, mensajeros y carceleros que trabajaban para la Inquisición.
Funcionamiento y procedimientos de actuación
El procedimiento de la Inquisición constaba de una serie de fases aplicadas de modo consecutivo con un carácter marcadamente local. Al establecerse un tribunal inquisitorial en una localidad concreta, se leía un sermón inicial tras el que venía el Término de Gracia, mediante el cual se concedían entre treinta y cuarenta días para que, quien lo deseara, pudiera confesar aquello que atenazaba su conciencia. A cambio el tribunal recién establecido prometía un trato caritativo y una penitencia suave.
El proceso inquisitorial partía de la presunción de culpabilidad del acusado y por tanto le era negado cualquier tipo de defensa con las mínimas garantías. El juez asumía el papel central en el proceso, actuando a la vez como fiscal. Desde el último tercio del siglo XV se arbitran medidas a fin de evitar la condena de inocentes y se establece el derecho a la apelación por "causa justa". En Castilla las medidas quedarían en papel mojado mientras que en Aragón el proceso inquisitorial no existía como tal y quien denunciaba podía ser obligado a pagar la cantidad doble de la fianza si se demostraba que la acusación era falsa, aparte de existir el derecho de apelación en todos los casos, si bien el secretismo del proceso en conjunto y el ocultamiento de los testigos restaba buena parte de estas garantías.
Los sospechosos eran rápidamente arrestados en caso de que existiera denuncia previa, lo que era frecuente teniendo en cuenta que la Iglesia católica animaba a denunciar a los vecinos de un posible hereje y, al ser las denuncias anónimas, quienes las formulaban no tenían nada que perder. Pese a ello, el tribunal ordenaba confeccionar la calificación, un informe redactado a raíz de la comprobación de la veracidad de la acusación. De confirmarse las sospechas, se emitía la clamorosa u orden de arresto contra el individuo investigado.
Una vez detenido, el acusado era inmediatamente incomunicado, siendo separado en el mismo momento de aquellos en cuya compañía se hallaba cuando fue detenido, si procediera. Tras esto, era encerrado en la cárcel secreta si se trataba de un delito religioso grave. Para asuntos considerados leves o triviales, se dictaba la aplacería, el arresto domiciliario o la prohibición de abandonar su ciudad de residencia. Si se trataba de funcionarios, iban a parar a la cárcel de familiares, donde los presos gozaban de un trato sensiblemente más laxo que en las otras.
Las pruebas aportadas en el juicio habían de ser bien comprobadas y expuestas por la defensa pero no tanto por quienes formulaban la acusación. Aparte de que el juramento prestado por una y otra parte era infinitamente más duro y amenazador en el caso de la defensa, las llamadas pruebas "de oídas", es decir, basadas en rumores, eran tenidas exactamente en la misma consideración que las aportaciones de los testigos oculares, y, de hecho, eran deliberadamente alternadas en el interrogatorio con la intención de confundir al reo y minar su resistencia. Con estos métodos el preso solía autoinculparse, a sabiendas de que, haciendo esto, conseguiría una sentencia considerablemente más benévola como podían ser el arresto domiciliario y una multa.
La tortura, en contra de lo que habitualmente se piensa, fue aplicada como último recurso por la Inquisición, y, lejos de la sofisticación que se atribuye a ésta, se limitaba, en realidad, a unas pocas técnicas conocidas por todos y que casi nunca alcanzaron la dureza de aquellas prácticas en la justicia civil. Los tribunales de éste último ámbito sí incluían, en cambio, la tortura como un procedimiento normalizado para hacer las pesquisas oportunas. Como apuntan las Instrucciones de 1561, el encarcelamiento e interrogatorio solían bastar para hacer confesar a un reo, quien, junto a una insoportable presión psicológica, podía ser sometido a privaciones que aumentarían de modo progresivo hasta mermar su resistencia.
Una vez condenado, aparte de las consabidas penas pecuniarias, los castigos menores más comunes eran de tipo espiritual, es decir, ayunos y rezos o de carácter más tangible: la reprensión, la abjuración, el destierro o el asolamiento de la vivienda. Si el delito espiritual revestía gravedad normalmente se imponía el escarnio público, el sambenito, los azotes y la cárcel. En este tipo de castigos se asumía que, dentro de la gravedad del delito, el fiel era susceptible de ser reconciliado con la Iglesia.
Cuando el tribunal inquisitorial creía imposible que el supuesto hereje depusiera la actitud mostrada hasta entonces, era condenado a ser quemado en la hoguera. La pena de muerte no era contemplada en el derecho eclesiástico, tan sólo en el civil, de tal manera que la Inquisición podía declarar a un reo incorregible pero era, en realidad, un juez civil quien dictaba la condena de morir quemado. Sin embargo, el Derecho público de la Iglesia terminó por asumir de facto este tipo de castigo, otorgando indulgencias a quienes arrojaban leña a la hoguera.
Inquisición y poder temporal
En el gran debate en torno a las relaciones del poder espiritual, de la Iglesia, con el poder político o temporal en el orbe cristiano, surge, a menudo, la pregunta de la naturaleza real, del fin último de la existencia de la Inquisición. Se cuestiona a menudo si los motivos de su creación fueron espirituales, políticos o de ambos tipos. Sea como fuere, en lo que actualmente no existen dudas prácticamente es en la honda repercusión e influencia que la Inquisición tuvo en el poder temporal, muy especialmente en el caso español.
Los reinos de Castilla y Aragón no permanecieron ajenos a los cambios demográficos, económicos, sociales y de mentalidad surgidos en la segunda mitad del siglo XV. A ello había que sumar una realidad muy particular. La fragmentación de las distintas áreas regionales tras el avance de la conquista de los territorios hispánicos al Islam vino a ser solventada, al menos en parte, por la solución dinástica del matrimonio entre Isabel y Fernando. El deseo de estos dos monarcas de imponer su voluntad a la nobleza, llevó a reforzar los conceptos de unidad y centralización de ambos reinos.
La cohesión política necesitaba de la cohesión social. Esta necesidad, junto al hecho de que la presencia islámica en la Península Ibérica había quedado reducida al espacio minúsculo que era el reino nazarí de Granada, delimitado por la montaña y la costa de tal modo que se fijaba una frontera estable, fomentó que la política simplificara sus métodos e hiciera más rudimentarias y taxativas sus consignas contra el Islam. La sutileza, la táctica y el equilibrio entre dos mundos completamente diferentes habían dejado de ser necesarias para una de las partes, al no existir ya una frontera móvil.
Desde 1478 a 1530, aproximadamente, se registra la mayor intolerancia contra la herejía judaizante, el criptojudaísmo, es decir, los acusados de practicar ritos y oraciones judías en secreto, tras haberse comprometido, en principio, a abandonarlos una vez bautizados. La mayor actividad contra estas personas se centró en Sevilla, Córdoba, Toledo y Barcelona. Los métodos inquisitoriales se dirigían a romper la cohesión de las comunidades sospechosas a toda costa, por medio de la fractura de los lazos de parentesco y de vecindad. Antes de la diáspora de 1492, la presión del Santo Oficio era tal que la mayoría de los bienes confiscados se debían a la autoinculpación de los propietarios.
En su estancia en Sevilla entre 1477 y 1478, los Reyes Católicos son informados de todo tipo de ritos judíos practicados en secreto y de la existencia de supuestos planes de las comunidades que los practicaban para conquistar el poder sin especificar nunca ninguno de los aspectos de dichos planes. En medio de la inquietud de la Iglesia, Isabel y Fernando eran recibidos en Sevilla como los nuevos reyes godos llamados a unificar a la cristiandad de la Península Ibérica.
Quedaban de este modo asociadas la unidad política y religiosa en las mentalidades colectivas. Todo ataque a la unidad religiosa era visto como un ataque a la unidad política de los reinos de Castilla y Aragón. Siguiendo este razonamiento, judíos y musulmanes de la Península pasaban a ser enemigos de la Corona. No sería descabellado reconocer, por lo tanto, una doble intención de los Reyes Católicos a la hora de levantar el Santo Oficio, pues la extirpación de la herejía pasó a formar parte del proyecto político de los monarcas desde el primer momento y de forma consciente.

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